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af victor RODRIGUEZ 5 år siden

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Elementos de validez del acto juridico Validez Un acto jurídico es válido cuando ha nacido a la vida jurídica y cumple cabalmente con los elementos de validez, lo que conduce a señalar que el acto jur

Para que un acto jurídico sea considerado válido y produzca efectos jurídicos plenos, debe cumplir con ciertos elementos esenciales. Estos elementos incluyen la validez, que implica que el acto ha nacido jurídicamente y cumple con todos los requisitos establecidos por la ley.

Elementos de validez del acto juridico                                                    Validez
Un acto jurídico es válido cuando ha nacido a la vida jurídica y cumple cabalmente con los elementos de validez, lo que conduce a señalar que el acto jur

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Elementos de validez del acto juridico Validez Un acto jurídico es válido cuando ha nacido a la vida jurídica y cumple cabalmente con los elementos de validez, lo que conduce a señalar que el acto jurídico surte plenamente sus efectos. Si carece de alguno de los elementos de validez, nos encontramos ante un acto jurídico incompleto y defectuoso. De ahí que también lo denominemos como no válido.

OBJETO MOTIVO , O FIN ILÍCITO

Ser lícito física y jurídicamente posible.
Estar en el comercio.
Ser determinado o determinable en cuanto a su especie.
Existir en la naturaleza.
Licitud en el objeto, motivo o fin

Ausencia de vicios de la voluntad

violencia física o moral y lesión
mala fe
Dolo
error

capacidad

requisitos validos
Las personas menores de edad o las mayores de edad con auxilio de representante.
Las personas emancipadas conforme a los límites legales; pueden arrendar, pero no constituir hipoteca ni vender sin permiso judicial.
Las personas mayores de edad no sujetas a interdicción.

Formalidad

formalidad
principio del consensualismo

el contrato de mandato

Nuladidad. Las nulidades son las sanciones jurídicas que quienes legislaron impusieron para aquellos actos jurídicos que carezcan de algún elemento de validez.

Nulidad relativa
Nulidad absoluta
Inexistencia

Eficacia. Se refiere a que el acto jurídico puede producir sus efectos plenamente. La eficacia se puede perder por causas ajenas o exteriores al acto jurídico, las llamadas causas extrínsecas que pueden ser muy variadas. La eficacia siempre presupone la validez, la formación válida del acto jurídico.