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af Ricardo Manjon 5 år siden

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lectura 4

La relación de precedencia condicionada evalúa si los intereses del acusado prevalecen significativamente sobre los intereses que el Estado pretende proteger. La intervención en derechos fundamentales debe seguir el principio de proporcionalidad, que asegura que cualquier medida estatal sea legítima solo si cumple con ciertos subprincipios.

lectura 4

Fórmula del peso

La fórmula del peso es el esquema deductivo a partir del cual se podría inferir la solución correcta.

1. Ii.Gi.Si Gi.J = ----------------------- Ij.Gj .Sj

En donde:

Ii = intensidad de la interferencia (afectación) en el principio P i

Gi = Peso en abstracto principio P i

Si = Certeza empírica

Ij = importancia de satisfacción del principio en colisión en P j

Gj = peso en abstracto principio P j

Sj= Certeza empírica

Gi.J = peso concreto del principio en examen

Escala

Leve=1

Medio=2

Grave=4

--------------------------

Seguro=1

Plausiblemente=1/2

No seguro=1/4

EL VALOR NORMATIVO DE LOS PREÁMBULOS

¿Cual es el valor jurídico de los preámbulos?

Respuesta positiva Tiene en cuenta la normativa de la constitución (la constitución entera es un texto normativo que expresa auténticas normas juridicas)
Respuesta negativa El preámbulo expresa ideas políticas, morales y religiosas que la constitución intenta promover. No dicta alguna norma jurídica precisa para el comportamiento humano Carácter ideológico

La máquina para las lagunas

La mayor parte de las constituciones contemporáneas incluyen el principio de igualdad (los casos iguales deben regularse en el mismo modo y los casos diferentes deben regularse en modo diverso)

Laguna axiológica es la ausencia de una norma justa o correcta El principio de igualdad es una poderosa máquina para la producción de lagunas axiológicas en la medida -El legislador al regular una clase de supuestos ha omitido regular de la misma manera otra clase de supuestos, que según el juez constitucional es sustancialmente igual a la clase de supuestos regulada (empresas grandes empresas chiquitas) -El legislador al regular una clase de supuestos ha omitido distinguir dentro de esa clase dos subclases que según el juez constitucional son sustancialmente distintas y merecen tratos diferentes ( empresas: grandes chiquitas) -En ambos casos la ley se considera inconstitucional en razón de la laguna axiológica que contiene

La ponderacion

La ponderación podría ser considera como una técnica para resolver conflictos de derechos fundamentales. Los jueces tendrían la facultad para poder determinar en un caso concreto, cuál es el derecho fundamental que debería prevalecer en una hipótesis de conflicto por intermedio de la ponderación de principios.

El método de ponderación permitiría avanzar en la construcción de derechos fundamentales como principios.

Consiste en establecer entre los dos principios en conflicto una jerarquía axiológica móvil (una jerarquía axiológica es una relación de valor creada por el juez constitucional mediante un juicio de valor comparativo, un enunciado que tiene la forma lógicos.) Otorgarle a uno de los dos principios en conflicto un peso una importancia ético-política, mayor respecto al otro. El principio que tiene más valor prevalece sobre el otro. Se habla de una escala de valores "leve","media", y "grave". Puede resumirse de la siguiente forma: “cuanto mayor sea el grado de no satisfacción o restricción de un principio, tanto mayor tiene que ser la importancia de la satisfacción del otro”.

3 Etapas
3) determinar si la importancia del principio contrario, justifica la no satisfacción o restricción del otro principio.
2) determinar la importancia de la satisfacción del principio contrario
1) determinar el grado de no satisfacción o restricción de un principio

Los conflictos entre principios constitucionales

Los conflictos entre principios constitucionales son muy frecuentes Cualquier ley que imponga una obligación a los ciudadanos, con la finalidad de concretar uno u otro principio constitucional, se traduce en una limitación de algún derecho constitucional de los propios ciudadanos y, por tanto, en un conflicto con algún otro principio constitucional Estar en conflicto con otro principio es un rasgo definitorio de los principios, forma parte del concepto de principio. Cada conflicto entre principios constitucionales presenta las siguientes características -se trata de un conflicto entre normas que han sido emitidas en el mismo momento -se trata de un conflicto entre normas que tienen el mismo estatuto formal, la misma posición en la jerarquía de las fuentes del derecho -se trata de un conflicto en concreto -se trata de un conflicto parcial bilateral

NO PUEDEN RESOLVERSE UTILIZANDO LOS CRITERIOS DE RESOLUCIÓN ESTÁNDAR DE LOS CONFLICTOS No puede usar el criterio de lex posterior por que los principios son contemporáneos No puede usar el criterio de lex superior porque los dos principios tienen la misma posición en la jerarquía No puede utilizarse el criterio de lex specialis porque las dos clases de hechos regulados por los principios se entrecruzan.

PROPORCIONALIDAD: SUBPRINCIPIOS

Ponderadora:

Cuanto mayor es el grado de la no satisfacción o de afectación de un principio tanto mayor tiene que ser la importancia de la satisfacción del otro”

Necesaria e indispensable:

Elegir el que afecte menos intensidad o medida el derecho que colisiona.

Limitadora

Ser admisible mandato de idoneidad. El principio de idoneidad prohíbe aquellos medios que, sin promover los fines con ellos perseguidos, afectan a derechos fundamentales. Puede restringir el ejercicio de los derechos fundamentales con objetivos que puedan enmarcarse dentro de las previsiones de la carta magna.

RELACIÓN DE PRECEDENCIA CONDICIONADA

PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD

Toda intervención en los derechos fundamentales que no observe las exigencias de estos subprincipios es ilegítima y, por lo tanto, debe ser declarada inconstitucional Presupone que una medida del poder público representa una intervención en un derecho fundamental, es decir lo afecte negativamente, bien sea anulando, aboliendo, restringiendo o suprimiendo una norma o posición que pueda ser adscrita prima facie a la disposición constitucional que tipifica el derecho intervenido En caso contrario, la norma o la posición de derechos fundamental objeto de la intervención.
Se tienen que superar esos 3 subprincipios

Toda intervención que no supere los 3 subprincipios es ilegítima, debe ser declarada inconstitucional.

IDONEIDAD Algo sea factible para alcanzar un fin constitucionalmente legítimo. Adecuado, adecuación Toda intervención en los derechos fundamentales debe ser idónea para contribuir a alcanzar un fin constitucionalmente legítimo.

NECESIDAD La medida que se realice sea necesario, que los medios que se utilicen sea el menos gravoso para encontrar ese fin constitucional Toda intervención en los derechos fundamentales debe realizarse con la medida más favorable para el derecho intervenido de entre todas las medidas que revistan la misma idoneidad para alcanzar el objetivo perseguido.

PROPORCIONALIDAD (en sentido estricto) La importancia del objetivo que persigue la intervención del derecho fundamental debe estar en una relación adecuada con el significado del derecho intervenido (La ponderación está aquí)

Lo que importa es si los intereses del acusado en el caso concreto tienen manifiestamente un peso esencial mayor al de aquellos intereses a cuya preservación debe servir la medida estatal.

La determinación de la relación de la precedencia condicionada consiste, en que tomando en cuenta el caso, se indican las condiciones en las cuales un principio precede al otro

La estructura de las normas de derecho fundamental

La concretización de los principios

La derivación de una regla implícita a partir de un principio es una operación altamente discrecional por dos razones:
Los principios constitucionales se formulan mediante expresiones que evocan valores morales y/o políticos. (la interpretación de estas expresiones involucra algunos juicios de valor )
El razonamiento mediante el cual los intérpretes obtienen una regla a partir de un principio no puede ser un razonamiento deductivo cuya única premisa es el principio en cuestión
Todo principio exige una concretización: esto es, determinar las reglas implícitas que pueden obtenerse del mismo En primer lugar determinar su ámbito de aplicación En segundo lugar determinar al mismo tiempo sus excepcione
Los principios no son idóneos para funcionar como premisa mayor del silogismo a través del cual los órganos de aplicación aplican reglas. Los principios no pertenecen a la justificación interna, si no a la justificación externa Son utilizados como argumentos para justificar la elección de ciertas premisas del silogismo Para que una confrontación sea posible es necesario obtener del principio una regla que constituya su aplicación.

Conflicto entre reglas y Colisión entre principios

LA LEY DE LA COLISIÓN Permite identificar de qué manera escogemos/maximizamos un principio en relación a otro Todo juez debería ser experto en ponderación El conflicto debe ser solucionado a través de una ponderación de los intereses opuestos En la ponderación, cuál de los intereses posee mayor peso en el caso concreto. Uno de los principios limita la posibilidad jurídica de cumplimiento del otro. Se soluciona teniendo en cuenta la circunstancias del caso, se establece entre los principios una relación de precedencia condicionada. (tomando en cuenta el caso, se indican las condiciones bajo las cuales un principio precede al otro.) Las condiciones bajo las cuales un principio precede a otro constituyen el supuesto de hecho de una regla que expresa la consecuencia jurídica del principio precedente. Asignarle un peso determinado a cada principio en el caso concreto
LA COLISIÓN DE PRINCIPIOS Cuando dos principios entran en colisión ej. P1 algo está prohibido y p2, lo mismo está permitido, uno de los Principios tiene que ceder ante el otro Esto no significa declarar inválido el Principio desplazado ni que en el principio desplazado haya que introducir una cláusula de excepción. Bajo otras circunstancias la cuestión de precedencia puede ser contraria En los casos concretos los principios tienen diferentes pesos que prima el principio con mayor peso La colisión de principios tiene un lugar más allá de la dimensión de la validez, en la dimensión del PESO La no escogencia genera una afectación que debe ser compensada en mayor medida por la satisfacción del principio escogido. Relación de precedencia condicionada cuan mayor sea el grado de afectación o Inferencia (I) de un principio, mayor será el grado de satisfacción o (W) del principio que precede.
EL CONFLICTO DE REGLAS Cuando existan dos o más disposiciones vigentes en un ordenamiento, la interpretación conlleva a resultados diferentes. Campo de lo práctico, casuístico, no cuando se redacta, en lo general. Cláusula de excepción privilegia que se mantengan las normas en conflicto que puedan convivir las normas en el ordenamiento jurídico incompatibilidad parcial ej: Existe un timbre para cambio de clase, la norma dice que los alumnos solo salen cuando suene el timbre. Y otra que dice que deben salir cuando se active la alarma de incendio. Este conflicto se soluciona mediante la introducción en la primera regla, de una cláusula de excepción que contempla el caso de que se encienda la alarma de incendios. Si no es posible esta solución, entonces tiene que declararse inválida, por lo menos una de las reglas y de esta manera, tiene que expulsarse del ordenamiento jurídico lex posterior, lex superior, lex specialis El concepto de validez jurídica no es variable, es válido o no.
La distinción entre reglas y principios se muestra clarísimamente en las colisiones de principios y conflicto de reglas debido a la forma que cada uno se soluciona

Distinción entre reglas y principios Alexy

En cambio, las reglas son normas que solo pueden ser cumplidas o no. (mandatos definitivos). Si un regla es válida, entonces debe hacer exactamente lo que ella exige, ni más ni menos. Por lo tanto, las reglas contienen determinaciones en el ámbito de lo fáctico y jurídicamente posible. esto significa que la diferencia entre reglas y principios es cualitativa y no de grado. toda norma es o bien una regla o principio. Generalidad: Principios, normas con un grado de generalidad relativamente alto. Reglas, nivel relativamente bajo de generalidad.
Diferencia cualitativa: Los principios son normas que ordenan que algo sea realizado en la mayor medida de lo posible, dentro de las posibilidades jurídicas y reales existentes. Principios son mandatos de optimización, que están caracterizados por el hecho de que pueden ser cumplidos en diferente grado y que la medida de su cumplimineto no solo depende de las posibilidades reales sino también de las jurídicas.
Para él lo determinante entre las reglas y principios es que existe una diferencia cualitativa.

Tesis de Alexy (distinción entre reglas y principios

3. Las normas pueden dividirse en reglas y principios y que entre reglas y principios existe no solo una diferencia gradual sino cualitativa. TESIS CORRECTA.
2. Las normas pueden dividirse de una manera relevante en la clase de las reglas y la de los principios pero, señala que esta distinción es sólo de grado.
1. Todo intento de dividir las normas en dos clases, la de reglas y las de principios, es en vano debido a la pluralidad existente en la realidad.

Los conflictos entre principios y la ponderación El análisis de los conflictos entre principios constitucionales y del método para resolverlo exige un examen previo de los conflictos entre normas en general.

Tipología de los conflictos normativos
Conflicto total Cuando las dos normas conectan consecuencias jurídicas incompatibles a la misma clase de supuestos. Una norma prohíbe y otra permite el divorcio

Conflicto parcial Cuando las dos normas conectan consecuencias jurídicas incompatibles a dos clases de supuestos que se superponen parcialmente.

Conflicto parcial unilateral Una norma prohíbe el aborto, otra norma permite el aborto terapéutico

Conflicto parcial bilateral Dos clases de supuestos se crucen, de manera que algunos, pero no solo algunos, supuestos regulados por una norma coincidan con algunos pero solo algunos de los supuestos regulados por otra norma

Conflictos en concreto Se produce cuando nos percatamos de que dos normas conectan dos consecuencias jurídicas incompatibles al mismo caso concreto. Dependen de lo que sucede en el mundo
Conflictos en abstracto Se produce cuando dos normas conectan dos consecuencias jurídicas incompatibles a dos clases de supuestos concretos. Puede identificarse a través de una interpretación textual Dependen de la estructura conceptual del lenguaje legislativo
Los conflictos entre normas en general
Un conflicto normativo (antinomia) es la situación en la que dos normas ofrecen dos soluciones diferentes e incompatibles a la misma controversia concreta.

Distinción entre reglas y principios Dworkin

CRITERIO DE SOLUCIÓN DE CONTRADICCIONES La contradicciones entre reglas se resuelven aplicando los siguientes criterios A) Jerárquico( ley superior sobre la inferior) B) Temporal (ley posterior sobre ley anterior) C) Material (ley especial sobre ley general) las contradicciones o conflicto entre principios no pueden resolverse aplicando los criterios antes mencionados No se puede determinar a priori la jerarquía, temporalidad o especialidad de los principios. Los conflictos entre principios deber resolverse a través de un ejercicio ponderación.
CRITERIO DE CONTENIDO Las reglas pueden tener cualquier contenido. Principios no pueden tener cualquier contenido (al ser imperativos de justicia, deben tener un contenido intrínsecamente moral) (ej: una norma que en colombia se va a declarar la pena de muerte a personas altas )
CRITERIO DE APLICACIÓN Para que una regla se aplique es necesaria la actualización de la conducta señalada como condición necesaria para la consecuencia prevista. Los principios no exigen la actualización de ninguna condición para ser aplicados (porque están enunciados de forma imperativa) Reglas aplicadas todo o nada Principios pueden ser aplicables en forma proporcional
CRITERIO DE DEROGACIÓN Las reglas son susceptibles de derogación por la entrada en vigor de otra norma que expresamente elimine la validez de la norma anterior. Los principios no pueden ser derogados (la no aplicación no significa eliminarlos del ordenamiento jurídico).
CRITERIO DE IDENTIFICACIÓN Teóricamente es posible identificar perfectamente todas las reglas presentes en un sistema jurídico. Los principios no son ni perfectamente identificables ni jerarquizables (no sabemos con precisión cuántos hay, cuáles son, etc.)
CRITERIO DE ORIGEN Las reglas son creadas por un proceso legislativo podemos saber cómo y cuándo surgen. Los principios NO necesariamente No existe certeza respecto de origen (pueden ser creados por un proceso legislativo, por el juez, por la costumbre, etc.)

Falacias en torno a la diferencia entre reglas y principios

- Las reglas son específicas, los principios generales - Hay reglas que también son generales - Hay reglas que contienen conceptos jurídicos indeterminados que las hacen generales. - Reglas regulan conductas, principios fines - Los principios también regulan conductas

Distintos tipos de principios