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LEY 906 de 2004

El proceso judicial se estructura en varias etapas clave, comenzando con la presentación del escrito de acusación y seguido por audiencias preparatorias que requieren la presencia de diversas partes, incluyendo el fiscal, el defensor, el acusado, el Ministerio Público y la representación de las víctimas, si las hubiere.

LEY 906 de 2004

Cuando no se acompaña de la información suficiente requiere llevar a cabo una ACTUACIÓN PRElIMINAR

De manera oral y pública

Alegatos de las partes e intervinientes (Art 442)

Decisión o sentido del fallo

Sentencia condenatoria
Sentencia absolutoria

Finalizada la audiencia preparatoria el juez fijará fecha y hora para el inicio del juicio que deberá realizarse dentro de los 30 días siguientes

El juez podrá decretar recesos, máximo por dos (2) horas, cuando sean indispensables para el buen entendimiento de la audiencia.

Individualización Hechos jurídicamente relevantes Art 337

Ante el juez de conocimiento

Acto de formalización de la investigación y de comunicación a una persona de su calidad de imputada.

En presencia del imputado o su defensor (Art 289)

La no comparecencia del sindicado "CONTUMACIA" (Art 291)

Vinculación

Formulación de la imputación

Audiencia preliminar de formulación de la imputación (Art 286)
Ante juez de control de garantías.

Se aplicará

Cadena de custodia

Para preservar la identidad o integridad de los elementos materiales probatorios o evidencia física.

Tiene que ser: Exacto, imparcial, objetivo, íntegro, claro, preciso, y completo.

Programa metodológico

Se realizarán

Actuaciones que requieren autorización judicial previa (Art 246-250)
Actuaciones que no requieren autorización judicial previa (Art 213-245)

Recibido el informe el fiscal con apoyo de la policía juficial trazará

INDAGACIÓN

1. No es autónomo, requiere el permiso del juez de control de garantías. 2. Se considera prueba solo lo que se practica en el juicio (elemento material probatorio, evidencia física) 3. Aparece la ley de pequeñas causas

Características

JUICIO

Presentación del escrito de acusación Art 336

AUDIENCIAS
Juicio oral (Art 366)

Alegación inicial (Art 367) La declaración podrá ser mixta o sea, de culpabilidad para alguno de los cargos y de inocencia para los otros.

Presentación del caso Declaración inicial (Art 371)

Práctica de la prueba (Art 372)

Documental

Inspección judicial

Pericial

Testimonial

Preparatoria

Es indispensable la presencia del fiscal, el defensor, el acusado, el Ministerio Público y la representación de las víctimas, si la hubiere. (Art 355)

observaciones pertinentes al procedimiento de descubrimientos de elementos probatorios (Art 356)

Temas propios de la audiencia preparatoria

Verificación al descubrimiento probatorio

Descubrimiento de la defensa

Enunciación probatoria

Estipulaciones probatorias

Solicitudes probatorias

Oposiciones

Decreto de pruebas

Decisión del juez

De formulación de acusación

Término citación 3 días siguientes de recibir el escrito de acusación se fija fecha y hora (Art 338)

Traslado del escrito de acusación a las demás partes. Descubrimiento de la prueba.

El juez de conocimiento debe ver probabilidad de verdad

-Inspección en el lugar de los hechos. - Inspección de cadáver - Entrevistas e interrogatorio

INDAGACIÓN E INVESTIGACIÓN (Art 200)

CORRESPONDE A LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

POR MEDIO DE LA POLICIA JUDICIAL

NOTICIA CRIMINIS

Cualquier otro medio idóneo

Petición

Querella

Denuncia

SUJETOS PROCESALES

Victimas (Art 132)

Ministerio público

Jueces (Control de garantías,de conocimiento,de imputación de la pena)

Defensor (Art 118)

Imputado (Art 126)

Fiscalía general de la nación (Art 142)

Efectos de la imputación

Prescripción de la acción penal (Art 292)

Término para formular la imputación

Máximo 2 años a partir de la recepción de la noticia criminal (Art 175)

Vencido el término
Formular acusación ante un juez de conocimiento

No más de 90 días desde el día siguiente de la formulación de imputación. 120 días cuando sea concurso de delitos, 3 o más imputados. (Art 175)

Preclusión

Realizaran actos urgentes tales como

Hechos que revistan características y la existencia del delito.

Deben presentar

Informe ejecutivo al fiscal competente
Término 36 horas siguentes

RAQUEL POLO ORTEGA MAPA ETAPA LEY 906 DE 2004

ETAPAS PROCESALES

LEY 906 de 2004

Título preliminar Principios rectores y garantes procesales (Art 1- Art 27)