El documento establece las directrices y regulaciones para el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional, enfatizando que debe ser un recurso de último recurso destinado a proteger la vida y la integridad de las personas.
El uso de la fuerza : medio material legal necesario, proporcional y racional- empleado como último recurso para PROTEGER la vida e integridad de las personas. Mediante medios como Armas , municiones, elementos y dispositivos menos letales concebidas para controlar una situación.
Capítulo I
GENERALIDADES
Alcance: Aplica Toda personal uniformado de la Policía Nacional.
Finalidad : Determinar los criterios y Normas que orientan el uso de la fuerza y el empleo de las armas
Capitulo III
DEL USO DE LA FUERZA
EL uso de la fuerza está encaminado a proteger la vida y los derechos de las personas.
Principios:
. De Necesidad
. De legalidad
.De Proporcionalidad
. De Racionalidad
Fundamentos para el uso de la fuerza
Uso diferenciado y proporcionado de la fuerza
Clasificación de las Armas de fuego
Uso fuerza Reactiva:
. Fuerza Física
.Armas, municiones, elemen tos y dispositivos menos letales.
.Armas de fuego
Uso de la Fuerza Preventiva:
.Presencia Policial
.Comunicación y disuasión
Niveles de resistencia;
.Pasiva
.Activa
Valoración para el uso diferenciado y proporcionado de la fuerza
Consideraciones para el uso de la fuerza
Capitulo II
Marco legal
Se deben tener en cuenta la sgtes normatividades.
Institucional
Los procesos de control disciplinario y demás reglamentos que orientan el servicio de policía
Nacional
La policía nacional tiene la facultad de usar la fuerza como último recurso físico para PROTEGER, la vida e integridad física de las personas, amparados en la Constitución nacional Artículos 2,6,11,12,81,90,93,213,216,218 y 222
Internacionales
No convencionales: Declaración de derechos Humanos.
-Código de Conducta para funcionarios Públicos.
- Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de las Armas por funcionarios a cargo de hacer cumplir la ley.
-Declaración Americana de los derechos y los deberes del, hombre.
Convencionales : Dentro de los que están enmarcados el Derecho a la vida, derecho de todo individuo a la libertad y seguridad personal.
Derecho sindicalizarse, derecho a huelga.
Convención contra la tortura.
Convención Americana de derechos Humanos
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
POLICIA NACIONAL
RESOLUCION 02903 DEL 23 DE JUNIO 2007
Que el decreto 4222 del 23 de Noviembre de 2006 Faculta al DIRECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL para expedir reglamentos y Actos Administrativos necesarios para Administrar la Policía Nacional.
Que dentro del estado Social de derecho la Policía Nacional está facultada constitucional y legalmente para requerir preventivamente a los ciudadanos y promover el cumplimiento de los deberes sociales mediante la aplicación inmediata si fuere necesario de un rango de fuerza Diferenciado, proporcional y razonable.
Por el cual se expide el reglamento para el uso de la fuera y el empleo de Armas municiones elementos y dispositivos menos letales por la Policía Nacional