La presente resolución del pleno casatorio civil busca resolver la cuestión central de los procesos de tercería de propiedad. El debate se enfoca en si los derechos pueden ser considerados como bienes en sentido estricto, y en consecuencia, si la propiedad puede aplicarse sobre estos derechos.
la presente sentencia del pleno casatorio civil tiene como objetivo dilucitar el problema ocuestion de fondo de los procesoso de terceria de propiedad
análisis critico
la inexistencia de lagunas hace inaplicable los criterios de integración
la aplicación de las facultades generales juez para enfrentar la tercería
el sentido de la segunda parte del articulo 2022
la intermediación objetiva de la segunda parte
la proteccion extracontractual delos derechos reales y de credito
posturas enfrentadas en la jurisprudencia y la doctrina
argumentos en favor del crédito inscrito
argumentos en favor dela propiedad no inscrita
aspectos supralegales
rol de fundamentos 219del caso tibi vs ecuador
el amparo supralegal del crédito y de la propiedad
la inaplicabilidad de otras normas como rango de ley
existen la nomas que expresamente favorecen al propietario no inscrito , en el debate que se trata de resolver en este pleno casatorio se resolveria un particular conflicto de derechos el que enfrenta al credito del acreedor con embargo inscrito y al derecho de propiedad no inscrita del tercerista
la inaplicabilidad de la primera parte
los derechos no pueden ser catalogados como bienes en sentido propio, de tal manera que no puede tecnicamente sostenerse que la propiedad puede recoger sobre derechos
problema central
este peleno casatorio se centra estrictamente al análisis de dos puntos que ha sido materia de controversia en la jurisprudencia y en la doctrina.