Las obligaciones del patrón en trabajos a domicilio incluyen mantener un registro detallado de los empleados, proporcionar los materiales necesarios, pagar los salarios en tiempo y forma, y ofrecer información requerida a las autoridades competentes.
Proporcionar las herramientas adecuadas para el desempeño de las actividades.
A realizar los servicios y reparaciones pertinentes a los vehículos utilizados.
Pagar los gastos de hospedaje y alimentación en caso de ser necesarios.
Se prohíbe al trabajador:
Operar bajo influencia del alcohol o cualquier otro narcótico que pueda afectar el desempeño del trabajo
Realizar cargas o transportar personal no autorizado por la empresa o patrón.
Para los efectos legales serán considerados responsables directos, el consecionario y el dueño del vehículo que se opere
Chóferes, operadores, mensajeros, o cualquier individuo que realizó sus actividades laborales dentro de un vehículo a motor, ya sea transporte publico, labores de carga, transporte de personal etc.
En cuanto al salario al igual que en el caso de los trabajadores de los buques podrá fijarse, por viaje, por km recorridos, por pasajes vendidos, o por comisión sobre un monto determinado
En caso de que las actividades se extendieran por causas ajenas al trabajador, el patrón tiene la obligación de pagar las horas extras correspondientes y en caso de que la ruta o tiempo pactado se reduzca , no podrá descontarse del salario el tiempo no laborado.
Trabajo ferrocarrilero
Los trabajadores ferrocarrileros tienen prohibido:
Consumir bebidas embriagantes, durante sus actividades laborales.
El consumo de narcóticos o salvo exista una aprobación mediante una prescripción médica.
El transporte de de narcóticos o en general cualquier carga no autorizada.
Para esta actividad laboral se exige la nacionalidad mexicana y el salario podrá fijarse en proporciona a la importancia del trabajo desempeñado.
La jornada de trabajo se ajustara ala necesidades del servicio
Trabajo de las tripulaciones aeronáuticas
Se con considerara parte de la tripulación:
Al piloto.
Los oficiales que realicen actividades similares.
Los sobrecargos.
Cualquier individuo que ostente un puesto o cargo dentro del vuelo.
Los trabajadores de los buques, la tripulación deberá tener calidad de mexicano y no tener otra nacionalidad
El piloto tendrá como obligación el cuidado del trasporte, de los pasajeros y la tripulación, la dirección y seguridad del vuelo y será al igual que los sobrecargos, representante del patrón para los efectos legales.
Trabajadores de los buques
Limitaciones es en cuanto a la capacidad
Deberán ser mexicanos por nacimiento.
No podrán tener doble nacionalidad.
Deberán gozar de los derechos civiles y político que le confiera las leyes mexicanas.
Se prohíbe este tipo de trabajo a menores de 16 años.
Atendiendo a las circunstancias aversivas propias de este tipo de trabajo, y a las habilidades y destrezas necesarias para realizarlas con productividad y seguridad.
Trabajadores de confianza:
Restricciones aplicadas a los trabajadores de confianza
Libertad de asociación sindical, prohibiéndoles formar parte de cualquier sindicato.
No serán tomados en cuenta en la toma de decisiones que afecten directamente al contrato colectivo de trabajo
No podrán ser representantes de los trabajadores en los organismos que se integren para resolver cuestiones con el contrato colecto, individual o en cualquier aspecto de las condiciones laborales.
Cargos de especial importancia, donde algunos de los derechos que la ley otorga a los trabajadores ordinarios son eliminados.
Las condiciones laborales para los trabajadores de confianza serán proporcionales a la importancia de las funciones que realiza
Concepto
Actividades económicas específicas que debido a su naturaleza, necesitan una regulación especial, ya sea por su importancia, delicadeza o por la vulnerabilidad de las partes que conforman la relación laboral.
El carácter de especial va orientado hacia aspectos propios de las condiciones, como pueden ser medidas de seguridad, jornadas de trabajo, y derechos y obligaciones para trabajadores y patrones.
Representan ciertas profesiones y oficios que al no ajustarse a las condiciones generales, necesitan medidas oportunas para su sano desenvolvimiento y la ley se encarga de que dichas medidas tengan un carácter jurídico obligatorio
Topic principal
Trabajo de maniobras de servicio público en zonas bajo jurisdicción federal
Las condiciones fundamentales que identifican a los trabajadores al servicio del estado:
Su nombramiento nace de una ley o disposición oficial.
Pueden incurrir en responsabilidad penal, civil o administrativa.
En caso de ser un puesto inamovible, no podrá extinguirse las relaciones, salvo por causas graves
Los trabajadores al servicio del estado gozaran de las condiciones de trabajo mínimas para cualquier individuo, como lo es el goce del salario, vacaciones, aguinaldos, etc, y serán protegidos por los principios que rigen para el derecho laboral.
Trabajadores del campo
Las condiciones laborales se regulan de forma especial con la intención de establecer condiciones de trabajo dignas así como asegurar la salud, integridad y seguridad de este tipo de empleos.
Todos aquellos trabajadores que realizan actividades de agricultura, ganadería o trabajos forestales de forma subordinada, es decir bajo el mando de un patrón.
El pago del salario tendrá que ser obligatoriamente semanal, y deberá pagarse en el lugar donde se realizan las actividades
Tener los servicios médicos oportunos, y a fomentar la alfabetización del trabajador y su familia.
Actores y músicos profesionales
Entraran dentro de esta categorías todos aquellos individuos que actúen en radio, televisión, bares, antros y cualquier otro lugar donde se realizan actividades que involucren la reproducción de audio, grabación de imágenes, o presentación en vivo según sea el caso.
La relación laboral puede ser fijada por tiempo determinado, indeterminado o para uno o varios eventos, en caso de que se contrate por tiempo indeterminado
Trabajo a domicilio
El patrón esta obligado a:
Tener un libro de registro de los empleados donde se especifiquen sus datos y actividades.
Proporcionar los materiales para realizar las actividades laborales.
Pagar los salarios en los tiempos y lugares pactados.
Proporcionar a la secretaria y a los inspectores que tutelan este tipo de relaciones la información requerida.
Aquellas actividades de trabajo que habitualmente se realizan en el domicilio del trabajador o en un local que el mismo estableció sin que exista una vigilancia o supervisión directa
Trabajos donde se proporcionan materiales a individuos particulares para crear productos y regresarlos al patrón para su posterior venta.
Trabajos en hoteles, restaurantes, bares y otros establecimientos análogos
Este tipo de actividad laboral, va directamente relacionada con el salario; se prohíbe al patrón expresamente, la participación en la propinas de los empleados
Medidas para garantizar los derechos de los trabajadores
La capacidad de verificar que la alimentación proporcionada sea correcta.
Verificar que se respeten los horarios y jornadas de trabajo.
Verificar que efectivamente el trabajador goza del derecho de recibir las propinas de forma integra.
Industria familiar
Aquella asociación con fines de lucro que tiene como objetivo brindar productos o servicios y donde dos o mas miembros tienen el control accionario del negocio. y donde dos o mas familiares realizan actividades laborales para la empresa.
Los individuos involucrados tienen lazos civiles que los unen y además de que el capital del negocio va dirigido a crear beneficios para el núcleo familiar.
Trabajadores médicos residentes en periodo de adiestramiento en una especialidad
Profesionales dedicados a la medicina y que se encuentran en un periodo de adiestramiento para ejercer una especialidad dentro de la rama de la salud.
Los médicos residentes tendrán el derecho a gozar de condiciones laborales suficientes para el desarrollo de su profesión y a terminar el tiempo o practicas necesarias para concluir su adiestramiento
Las relaciones de trabajo tendrán una duración no menor a un año