von Talento Humano vor 2 Tagen
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Responsabilidad Civil
Artículo 216 del Código Sustantivo Del Trabajo
Existe Responsabilidad Civil – Ya que la empresa no asegura que los trabajadores lleven todos los elementos de trabajos para ejecutar sus funciones con cuidado y tampoco se utilizan los EPP. No se refuerza la capacitación en los trabajadores, ya que existió imprudencia por exceso de confianza y omisión en labores.
¿Qué medidas se deben tomar frente a esto como empresa?
Medidas Correctivas
1. Se debe solicitar que al realizar este tipo de actividades se establezcan toda la señalización necesaria, con el fin de que cualquier persona podrá conocer lo que esta pasando, el acceso de terceros no autorizados debe restringir. 2. Los equipos de trabajo deberán garantizar que cuentan con todas sus herramientas de labor antes de iniciar, deben utilizar de forma obligatoria los elementos de protección personal EPP.
El uso adecuado de Equipos de Protección Personal (EPP) a los trabajadores se fundamenta en la Ley 9 de 1979 y se reglamenta por el Ministerio de Salud
Medidas Preventivas
1. Se debe establecer dentro del programa de formación y capacitación espacios para hablar sobre las malas y las buenas prácticas laborales en donde se reconozca la imprudencia y el exceso de confianza como un factor de riesgo. Estas formaciones deben ser intensivas y obligatorias, deben tener evaluaciones que midan el aprendizaje. 2. Se ajustar o crear un procedimiento el cual se le dé a conocer a cada trabajador y este a su vez lo comparta con la empresa y lo aplique con la empresa cliente, cuando se estén ejecutando estas labores de alto riesgo.
Decreto 1072 de 2015 y la Resolución 312 de 2019 detallan los estándares mínimos y requisitos para estos programas, incluyendo la capacitación.