von Milena urrego Vor 4 Jahren
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Contrato de trabajo estacional
Contrato de trabajo para una obra o servicio determinado
Contrato movil o eventual
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Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus funciones directivas. Es el deber de obediencia del trabajador que queda sometido al poder disciplinario del empresario en el caso de incumplimientos de aquél y siempre que las órdenes o instrucciones no sean abusivas o ilegítimas. Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia. La empresa podrá verificar las faltas al trabajo por motivos de salud, y el trabajador deberá permitir su revisión médica. De lo contrario, perderá sus derechos económicos que estén a cargo del empresario. Contribuir a la mejora de la productividad. Al igual que el anterior supone, en este caso, una concreción del deber general de realizar la prestación laboral con la diligencia debida. No desarrollar actividades concurrentes con la empresa. Aunque tratado en la ley de manera específica no es más que una concreción del deber general de buena fe, su finalidad es la evitación de un perjuicio en la persona del empleador. Cumplir las medidas de seguridad e higiene que se adopten, tema relacionado con la seguridad y salud en el trabajo, y con las medidas de prevención de riesgos laborales por lo que se refiere a las obligaciones de los trabajadores.
Derecho al trabajo y a la libre elección de profesión u oficio. Derecho a la libre sindicación. Se refiere a la posibilidad de fundar sindicatos, a la libre afiliación, y al derecho de los propios sindicatos a fundar confederaciones y organizaciones sindicales internacionales y el derecho a afiliarse a las mismas. Se trata de un derecho que puede ser limitado para ciertos colectivos (Cuerpos e Institutos Militares). Derecho a la negociación colectiva, para los representantes de trabajadores y empresarios, y cuya principal manifestación es la conclusión de Convenios Colectivos, normas de primera magnitud en la relación laboral. Derecho a la adopción de medidas de conflicto colectivo en defensa de los intereses colectivos de los trabajadores y empresarios. Derecho a la huelga de los trabajadores en defensa de sus intereses. Derecho de reunión. Es un derecho que se ejercita dentro de la empresa o centro de trabajo y se manifiesta en las Asambleas de trabajadores y en la de los miembros de secciones sindicales. Derecho de información, consulta y participación en la empresa.
-El pago total de la cotización de los trabajadores a su servicio -trasladar el monto de las cotizaciones a la administradora de riesgos profesionales, ARP- correspondiente dentro de los plazos indicados -Procurar el cuidado integral de los trabajadores -Informar a la ARP lasnovedades del personal -informar a los trabajadores y a las EPS donde esten afiliados sus trabajadores, la ARP escogida
-Derecho a exigir del trabajador un comportamiento de buena fe. -Facultad de organización. -Facultad de dirección. -Facultad de modificar las formas y modalidades del trabajo (iusvariandi). -Facultad disciplinaria. -Derecho a establecer controles personales. -Derecho a recibir la prestación del trabajo. -Derecho a retener las contribuciones del trabajador al sistema de la Seguridad Social y sindicales. -Derecho a premiar diferencialmente al personal. -Derecho a exigir secreto al trabajador. -Derecho de indemnidad. -Derecho a exigir auxilios o ayudas extraordinarias del trabajador.