En la antigua Roma, la definición de persona y persona jurídica estaba estrictamente regulada. Para ser considerado una persona, se requería un nacimiento efectivo, con vida y con apariencia humana.
para considerarse persona se necesita que haya existido un nacimiento efectivo,desprendimiento del seno maternal,que nazca con vida, y tenga aspecto de froma humana.
CAPACIDAD DE HECHO U EJERCICIO: conjunto de condicones requeridas por la ley para ejercitar los derechos a que se es titular
sexo: condicion de inferioridad de la mujer
condicion social
religion: un cristiano no se podia casar con un judio
por edad: infans, impubes, pubes.
CAPACIDAD DE GOCE: los seres humanos se clasifican en tres clases para que sean considerados como personas:
status libertatis: libre y no esclavo
status familiae: ser jefe de familia y no indicar ninguna potestad
Status civitatis: ciudadano y no peregrino
el sujeto de derechos por excelencia es el ser humano, llamado persona fisica para el derecho.
en consecuencia podemos afirmar que no todo ser humano era persona y no toda persona es suceptible de ser titular derechos y obligaciones,es decir no toda persona tiene perosnalidad o capacidad juridica
ser libre,ser ciudadano romano en uso de sus derechos, sin sujecion a niguna autoridad para su ejercicio
sujeto capaz de ser titular de derechos y obligaciones