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von Iván Gómez Torres vor 2 Tagen

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JOSÉ HURTADO POZO

El derecho penal se enfoca en la regulación de infracciones y la imposición de penas a quienes cometen actos considerados delictivos según la ley. Este campo del derecho busca proteger los bienes jurídicos mediante la sanción de conductas que los lesionan o ponen en peligro.

JOSÉ HURTADO POZO

Según la gravedad de las penas

Permite establecer distinción entre ambos

Ambos son infracciones

Comparten principios generales

legales

No siempre es consistente

A.

Menores de edad

2.

Delincuente socialmente peligrosos

No son consideradas

No universal

suficiente

JOSÉ HURTADO POZO

HURTADO POZO, José / PRADO SALDARRIAGA, Víctor

2011 Manual de derecho penal. Parte general. Perú - Lima: Idemsa, cuarta edición, p 686.



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ARTÍCULOS

MANUALES DE DERECHO PENAL PARTE GENERAL

2011 CUARTA EDICIÓN
TERCERA PARTE HECHO PUNIBLE
SEGUNDA PARTE LEY PENAL

§ 8 APLICACIÓN DE LA LEY PENAL EN RELACIÓN CON LAS PERSONAS

§ 7 APLICACIÓN DE LA LEY PENAL EN EL TIEMPO

§ 6 APLICACIÓN DE LA LEY PENAL EN EL ESPACIO

§ 5 INTERPRETACIÓN DE LA LEY

§ 4 PRINCIPIO DE LEGALIDAD

PRIMERA PARTE INTRODUCCIÓN

§ 3 EVOLUCIÓN DEL DERECHO PENAL PERUANO

§ 2 POLÍTICA CRIMINAL, DOGMÁTICA PENAL Y CRIMINOLOGÍA

§ 1 NOCIONES FUNDAMENTALES

2005 TERCERA EDICIÓN
1987 SEGUNDA EDICIÓN
PRIMERA EDICIÓN
TERCERA PARTE TEORÍA DEL DELITO

La teoría del delito. Apuntes para su elaboración de

acuerdo a las disposiciones del Código Penal de 1924

§8 EL DELITO

Se aprende sobre las modernas concepciones doctrinales, se analizan las resoluciones de la Corte Suprema y se hace referencia a la legislación extranjera. 

Objetivo: Bases sólidas para trabajos más completos

Dificultad: Escasez de tratado y de monografías nacionales

3. Tipicidad

Jurisprudencia

La sistemática de los tipos legales en la ley

Clases de tipos legales

Elementos del tipo legal

La norma

El bien jurídico

Tipicidad y antijuricidad

Tipo legal

2. Acción

Ausencia de acción

Relación de causalidad

Clases de acción: comisión, omisión y comisión por omisión

1. Introducción

Delitos y faltas

Perspectiva

Ética y social

Enfocada en corregir conductas

Menos reprobatorias

Delitos

Pena criminal

Desaprobación más intensa

Distinción

Práctica

Multa o privación leve de libertad

Prisión de larga duración

Sanción más severa

Cuantitativa

Intensidad de la respuesta penal

Gravedad de la infracción

Criterios para diferenciar delitos y faltas

Sin embargo, en algunos sistemas legales, las faltas implican culpabilidad.

Podrían no requerirla

Culpabilidad como condición esencial

Relación con la moral

sostienen

Moralmente indiferentes

Mayor reprobación moral

distingue

Actos de insumisión

Infracción que produce un daño o peligro

Posturas

Zürcher

Ninguna diferencia propuesta

Culpabilidad

Efectos

Carl Stooss

Sin diferencia ontológica esencial

Sin existencia

Clases de infracciones

Según la gravedad de la infracción

Ámbito tributario

Faltas tributarias

Incumplimientos de formalidades legales que obstaculizan la recaudación fiscal. Estas se sancionan independientemente de la intención o culpabilidad del infractor, lo que responde a una necesidad práctica de proteger el sistema de recaudación.



son

infracciones

Bipartita

Adoptada por el legislador peruano y códigos como el Código Penal Italiano de 1889

Faltas

Regulado por el libro III del Código Penal

Solo se sancionan cuando estan consumadas

Atendiendo exclusivamente al hecho cometido, sin analizar la intención o negligencia del autor.



Consideradas infracciones formales

El principio de culpabilidad no se aplica.

Delitos

Regulado en los libros I y II del Código Penal

Tripartita

Adoptadas por códigos como el Código Frances del año 1810

Penalizado con penas policiales.

Sancionado con penas correccionales.

Crimen

Castigado con penas aflictivas e infamantes.


Según la naturaleza del bien jurídico

Contravención

Viola disposiciones policiales o normas reglamentarias.

Delito

Lesiona derechos establecidos por el "contrato social".

Crímen

Atenta contra derechos naturales (vida, libertad, honor).

Actos que dan lugar a la intervención de la justicia

Según el jurista

Delitos incompletos

Solo son antijurídicos e inimputables

Antijurídico: No esta justificado, por ejemplo: Robar es ilegal, pero tomar algo para salvar una vida podría estar justificado.

Inimputable: Si la persona tiene la capacidad mental para ser responsable de sus actos, por ejemplo: Un niño o alguien en estado de inconsciencia

Se aplican medidas de seguridad

Delitos completos

Cumplen con todos los elementos legales

Típico, antijurídico y culpable.

Se sanciona con pena

Según el legislador

incorpora

Medidas disciplinarias y de tratamiento

2.

Medidas de seguridad y educación

1.

Definición

Concepto como fenómeno social

Hecho puramente jurídico u observado en relaciones

Morales

Religiosos

Culturales

Concepto normativo

Punto de partida para investigaciones criminológicas

La inimputabilidad

Condiciones psicobiológicas que impiden, total o parcialmente, imputar un acto a una persona.

Se exige para considerase delito

Antijuricidad

Actos contrarios al Derecho merecedoras de pena)

Punibilidad

Existencia de una amenaza penal

Tipicidad

Adecuación del acto a la descripción normativa

Acción

Realización del acto

Características del delito

Sancionado con pena

Imputable a cualquier persona

Acto culpable

Acto Antijurídico

Acto típico

Definición moderna

" El delito es como toda lesión o puesta en peligro de los bienes jurídicos, prevista en una norma jurídico penal, no justificada por alguna circunstancia particular e imputable, como acto culpable, al autor, quién se merece una pena".

Definición antigua

"El delito es la acción u omisión penada por ley."