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von BRAYAN PATRICIO FLORES LOPEZ Vor 1 Jahr

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LEY DE COMERCIO ELECTRÓNICO, FIRMAS ELECTRÓNICAS Y MENSAJES DE DATOS

La ley de comercio electrónico aborda diversas infracciones informáticas y establece sanciones específicas para cada una. La apropiación ilícita de bienes a través de sistemas y redes electrónicas puede resultar en penas de prisión y multas significativas.

LEY DE COMERCIO ELECTRÓNICO, FIRMAS ELECTRÓNICAS Y MENSAJES DE DATOS

LEY DE COMERCIO ELECTRÓNICO, FIRMAS ELECTRÓNICAS Y MENSAJES DE DATOS

DE LAS INFRACCIONES INFORMÁTICAS

Violación de seguridades electrónicas
Será sancionado con el máximo de la pena prevista en el inciso anterior y multa de quinientos a mil dólares de Norteamérica, el que cometiere el delito, utilizando medios electrónicos o telemáticos
Apropiación ilícita
Serán reprimidos con prisión de seis meses a cinco años y multa de quinientos a mil dólares los que utilizaren fraudulentamente sistemas de información o redes electrónicas, para facilitar la apropiación de un bien ajeno
Daños informáticos
El que dolosamente, de cualquier modo o utilizando cualquier método, destruya, altere, inutilice, bases de datos, será reprimido con prisión de seis meses a tres años y multa de sesenta a ciento cincuenta dólares
Falsificación electrónica
- Son reos de falsificación electrónica la persona o personas que con ánimo de lucro o bien para causar un perjuicio a un tercero, utilizando cualquier medio, alteren o modifiquen mensajes de datos
Obtención y utilización no autorizada de información
La persona o personas que obtuvieren información sobre datos personales para después cederla, serán sancionadas con pena de prisión de dos meses a dos años y multa de mil a dos mil dólares
El que empleando cualquier medio electrónico, informático o afín, violentare claves o sistemas de seguridad, para acceder u obtener información protegida
Si la divulgación o la utilización fraudulenta se realiza por parte de la persona o personas encargadas de la custodia o utilización legítima de la información, éstas serán sancionadas con pena de reclusión menor de seis a nueve años
La divulgación o la utilización fraudulenta de la información protegida, será sancionada con pena de reclusión menor ordinaria de tres a seis años y multa de dos mil a diez mil dólares
Si la información obtenida se refiere a seguridad nacional, o a secretos comerciales o industriales, la pena será de uno a tres años de prisión y multa de mil a mil quinientos dólares

FIRMAS ELECTRÓNICAS

Cuando se fijare la firma electrónica en un mensaje de datos, aquélla deberá enviarse en un mismo acto como parte integrante del mensaje de datos o lógicamente asociada a éste.
Requisitos de la firma electrónica
Ser individual y estar vinculada exclusivamente a su titular;

Verificar inequívocamente la autoría e identidad del signatario, mediante dispositivos técnicos

creación y verificación sea confiable, seguro e inalterable

Que al momento de creación de la firma electrónica, los datos con los que se creare se hallen bajo control exclusivo del signatario.

Que la firma sea controlada por la persona a quien pertenece.

La firma electrónica tendrá igual validez y se le reconocerán los mismos efectos jurídicos que a una firma manuscrita en relación con los datos consignados en documentos escritos
Extinción de la firma electrónica
Voluntad de su titular

Fallecimiento o incapacidad de su titular

Disolución o liquidación de la persona jurídica, titular de la firma

Por causa judicialmente declarada

Son los datos en forma electrónica consignados en un mensaje de datos, adjuntados o lógicamente asociados al mismo
Puedan ser utilizados para identificar al titular de la firma en relación con el mensaje de datos.
Obligaciones
Cumplir con las obligaciones derivadas del uso de la firma electrónica;

Actuar con la debida diligencia y tomar las medidas de seguridad necesarias

Notificar por cualquier medio a las personas vinculadas, cuando exista el riesgo de que su firma sea controlada por terceros

Verificar la exactitud de sus declaraciones;

Responder por las obligaciones derivadas del uso no autorizado de su firma

Notificar a la entidad de certificación de información los riesgos sobre su firma y solicitar oportunamente la cancelación de los certificados