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von Irving Mtz Vor 4 Jahren

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Los Estados + Órganos Constitucionales Autónomos

Los órganos constitucionales autónomos surgieron como una respuesta a la necesidad de mayor especialización y transparencia en la administración pública. Estos organismos, que tienen sus raíces en Europa y se han expandido globalmente, se crean para supervisar y controlar la constitucionalidad de los actos de los depositarios del poder.

Los Estados + Órganos Constitucionales Autónomos

Referencias: *Tena Ramírez, Felipe, "Los Estados" en Derecho Constitucional Mexicano, Editorial Porrúa, México, 1992, pp. 129-142. *Ugalde Calderón, Filiberto Valentín, Órganos constitucionales autónomos, [en línea] Dirección URL: http://www.ijf.cjf.gob.mx/publicaciones/revista/29/Filiberto%20Valent%C3%ADn%20Ugalde%20Calder%C3%B3n.pdf.

MARTINEZ VEGA IRVING AXEL 0004

Los Estados + Órganos Constitucionales Autónomos

Órganos constitucionales autónomos

UNAM
mayo de 1910- creación Universidad Nacional 1929_ Portes Gil concede autonomía, aunque el Ejecutivo presentaba una terna de la cual el Consejo Universitario elegía al rector 1944- Ley Orgánica aparece Junta de Gobierno con facilidades para nombrar rectores y directores junio de 1980- autonomía elevada a nivel constitucional en art. 3, fr. VIII marzo de 1993- art. 3. fr. VII
ejemplos
Banco de México (art.28, párrafo sexto) IFE (art. 41, fr. III) CNDH (art. 102, apartado B, párrafos 1-4) UNAM (art. 3, fr. VII) Tribunales agrarios (art. 27, fr. XIX) Tribunales locales de lo contencioso admnvo (art. 116, fr. V)
tipos

-técnica: toma de decisiones un campo especifico -orgánica o admva: independencia de administrar sin injerencia de otra entidad -financiera-presupuestaria: facultad para proponer los propios presupuestos, así como de disponer de sus recursos económicos -normativa: emiten sus propios reglamentos, políticas y normas -de funcionamiento: realización de funciones sin injerencia de otros órganos -plena: total

necesidad de órganos imparciales en procesos electorales

ejecutar tareas que no deben de estar sujetas a intereses políticos

enfrentar defectos de la partidocracia

concepto

posibilidad de los entes

regir vida interior gracias a normas y órganos propios

según García Maynez

facultad que las organizaciones públicas tienen para darse leyes a sí mismas

características
naturaleza jurídica

los órganos ejercen función primordial para el Estado

coordinación con poderes tradicionales y órganos autónomos

autonomía presupuestal-financiera y administrativa
autonomía normativa
autonomía orgánica y funcional
establecidos y configurados directamente por la Constitución
antecedentes
inicios

controlar constitucionalidad de actos de los depositarios del poder

defensa de los derechos fundamentales

surge en Europa

se expande por el mundo

consecuencia de la nueva concepción del poder

fines
fiscalizar y controlar instituciones

evitar violación a la inconstitucionalidad

mayor especialización, agilización, control y transparencia

para atender demandas sociales

Concepto
busca desmonopolizar y transparentar ante la sociedad
independientes en su estructura orgánica
fundamentalmente creado en la Constitución

Los estados

elementos necesarios para el sistema federal
-zona de materias retenidas por los Estados miembros -zona de facultades delegadas en los poderes centrales -sistema que garantice a los Estados la conservación del status
organización de poderes
Poder Ejecutivo

depositado en gobernador

facultades

-vela por observancia de las leyes -expide reglamentos

Poder Legislativo depositado en una asamblea (legislatura o congreso)

algunas Constituciones imponen a la legislatura la obligación de legislar en ciertos asuntos

hay Comisión Permanente

1 o 2 reuniones por año

todas las Constituciones locales consagran la división de 3 poderes
requisitos para preservar forma de gobierno
-gobernadores con cargo de 6 años (max) -elección directa y no reelección -mínimo de diputados de acuerdo al art.115 -sólo un mexicano por nacimiento y con residencia mínima de 5 años puede ser gobernador (art. 115)
art. 135 de la Constitución Federal
participación de todos los Estados en reformas constitucionales

aprobación por la mayoría de las legislaturas

art. 115 de la Constitución Federal
base

división territorial, de organización política y admva.

Municipio libre

art. 41 de la Constitución Federal
Constituciones estatales no pueden contravenir

estipulaciones de Pacto Federal

Constituciones
excepciones (flexibles)

Yucatán e Hidalgo

la mayoría son de tipo rígido
autonomía
constitucional

partes

dogmática

orgánica

apoyada en Constitución Federal

limitación a autonomía local

adopción de gobierno representativo, popular y republicano

competencias de Estados miembros para darse sus propias normas
grados de descentralización
Estado miembro o federado

con autonomía constitucional

provincia autónoma

determinada autonomía política, pero con Constitución impuesta por Edo. dominante

comuna o municipio

con autonomía admva, pero tutelado por el Estado central