El sistema de propiedad intelectual está diseñado para otorgar privilegios exclusivos a los autores, creando distintos grados de monopolio temporal sobre la comercialización y explotación de sus creaciones.
Básicamente el sistema de propiedad intelectual se articula sobre privilegios exclusivos que el estado otorga a los autores, configurando de hecho distintos grados y formas de monopolio temporal sobre la comercialización y explotación del producto de sus creaciones y en algunos casos también sobre los usos que de esas creaciones hagan sus legítimos compradores.
Subtopic
Se conoce como propiedad intelectual el conjunto de incentivos y privilegios legales con los que la ley protege al autor -y eventualmente a los comercializadores- de una obra literaria o artística, invención o implementación tecnológica. Globalmente el sistema se articula a través de patentes y según los países copyrights o derechos de autor.
La propiedad intelectual de divide en:
Derechos de autor.
Tiene derechos.
Morales.
Patrimoniales.
Propiedad industrial.
El siglo XX será el siglo del copyright, los derechos de autor y las patentes. Tras la convención de Berna se funda el BIRPI (Bureaux internationaux réunis pour la protection de la propriété intellectuelle) hoy OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual). Aparecen ya las primeras sociedades de derechos como la SAE (hoy SGAE) en 1898 y farmaceúticas y empresas tecnológicas consolidan sobre el sistema de patentes su modelo de negocio.