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El comité de compras de la institución es el encargado de aplicar la política de compras y de más procesos, mientras el director técnico del servicio farmacéutico dará concepto técnico al comité para la adquisición.
Se controlará continuamente el cumplimiento de la normatividad para la contratación administrativa, civil y comercial, según el caso, especialmente, el cumplimiento de los principios de economía, transparencia y selección objetiva del contratista.
Envío de información: El responsable de la adquisición enviará de manera oportuna, continua y verás al sistema de información que vaya adquiriendo respecto a medicamentos y dispositivos médicos.
Prevalencia del conocimiento técnico: El criterio técnico del director del servicio farmacéutico prevalecerá cuando se presenten diferencias de criterio entre el responsable de las compras y el responsable del servicio farmacéutico.
Decisión de adquisición: Se determina la modalidad de la adquisición, la característica de la negociación, la evaluación de ofertas, la adjudicación y suscripción del contrato o la contratación directa.
Programar necesidades: Se determina la cantidad de medicamentos y dispositivos médicos que requiere para cierto período; se debe tener en cuenta el perfil epidemiológico de la institución, consumo histórico, las necesidades determinadas por los servicios, la oferta y el presupuesto disponible.
Pasos a cumplir: -Definir periodo de análisis y proyección. -Cuantificar las necesidades de medicamentos y dispositivos médicos; confrontar dichos cálculos con los consumos históricos. -Analizar las causas que incidieron en la modificación de los consumos. -Ajustar las cantidades definidas y programar las cantidades a adquirir. -Definir prioridades de acuerdo con el presupuesto disponible y al peso económico de cada medicamento dentro del total. -Definir programas de entregas o momentos proyectados de compra.
Toma parte activa el servicio farmacéutico y el Comité de Farmacia y Terapéutica.
Se contará con criterios, técnicas y métodos que permitan continuamente controlar, evaluar y gestionar el proceso de selección de medicamentos y dispositivos médicos, de conformidad con el Decreto 2200 de 2005 modificado parcialmente por el Decreto 2330 de 2006 y de más normas aplicables.
Políticas de selección: -Quien selecciona. -Método de selección. -Criterios de inclusión o exclusión de medicamentos o dispositivos médicos en el listado. -Mecanismo para la utilización de medicamentos no seleccionados. -Procedimiento para la evaluación, control y ajustes. -Otros aspectos que la institución considere necesarios.
En este se definen las políticas institucionales, se determina el consumo histórico y se realiza la decisión de selección; para realizar el proceso de selección, también se debe tener en cuenta el listado básico de medicamento y dispositivos médicos institucionales.