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von EMILY PEREZ Vor 4 Jahren

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REQUISITOS PARA LA ELABORACIÓN DE LA LEY DE INGRESOS Y EGRESOS.

El proceso para la publicación y ejecución de las leyes en el Diario Oficial de la Federación comienza con una propuesta del Poder Ejecutivo y su posterior aprobación por el Poder Legislativo.

REQUISITOS PARA LA ELABORACIÓN DE LA LEY DE INGRESOS Y EGRESOS.

REFERENCIAS:

https://www.profeco.gob.mx/transparencia/L_ING_EGR_DIF_CIUDADANIA.pdf http://www.legalcloudmrci.com/index.php?r=articulos/vernoticia&id=387

Proyecto de Presupuesto de Egresos.

Iniciativa de ley de Ingresos.

Los criterios generales de política económica

Al remitirla se informa sobre los avances físicos y financieros de TODOS los programas y proyectos que se hayan aprobado en el Presupuesto de Egresos vigente con relación a los objetivos planteados en el Plan Nacional de Desarrollo.

Se envía a la Cámara de Diputados, la estructura programática a emplear en el proyecto de Presupuesto de Egresos.

Enumeración de los programas prioritarios y sus montos.

Escenario sobre las principales variables macroeconómicas para el siguiente año.

Los principales objetivos para la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos del año siguiente.

El procedimiento a seguir hasta llegar a la publicación en el Diario Oficial de la Federación y la ejecución de las citadas leyes es el siguiente:

Somete a la aprobación del Poder Legislativo los proyectos de Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal siguiente.

8 de septiembre de cada año, vence el plazo para que el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

APROBACIÓN.

El Presupuesto de Egresos de la Federación será el que contenga el decreto que apruebe la Cámara de Diputados, a iniciativa del Ejecutivo, para expresar durante el periodo de un año a partir del 1º de enero, las actividades, las obras y los servicios públicos previstos en los programas a cargo de las entidades que el propio presupuesto señalen.

Artí 73 (fracción VII): atribuye al Congreso de la Unión la facultad de establecer las contribuciones para cubrir el presupuesto.

Art 31: Establece la obligación de todos los mexicanos de contribuir para los gastos públicos de la Federación, el Distrito federal y de los estados y municipios en que residan de manera proporcional y equitativa que dispongan sus leyes.

Fundamento jurídico: dos artículos de la Constitución:

Principalmente el gasto es corriente se efectúa para contratar personal, además está destinado a la compra de insumos, bienes y servicios que son esenciales para llevar a cabo de manera satisfactoria las funciones de entidad.

Es un documento de política pública elaborado por el Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el que se describen la cantidad, la forma de distribución y el destino de los recursos públicos de los tres poderes, de los organismos autónomos, así como las transferencias a los gobiernos estatales y municipales.

Es un ordenamiento jurídico propuesto por el Poder Ejecutivo y aprobado por el Poder Legislativo que contiene los conceptos bajo los cuales se podrán captar los recursos financieros que permitan cubrir los gastos de la federación durante un ejercicio fiscal

Paquete económico.

LEY DE EGRESOS.

LEY DE INGRESOS.

REQUISITOS PARA LA ELABORACIÓN DE LA LEY DE INGRESOS Y EGRESOS.