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von jeyler alberto paredes ordoñez Vor 3 Jahren

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La salud laboral es un campo interdisciplinario que se centra en la prevención y el control de riesgos en el entorno de trabajo. Este ámbito promueve la colaboración entre diferentes grupos y fomenta un enfoque preventivo para asegurar un ambiente seguro y saludable para los trabajadores.

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EVIDENCIA 1 CONCEPTOS CLAVES DE LA SALUD LABORAL

BIBLIOGRAFIA

https://www.secretariageneral.gov.co/sites/default/files/planeacion/informe_de_rendicion_de_cuentas_2019.pdf
https://fiorp.org/obligaciones-del-trabajador-sst/
https://siistema-de-seguridad-en-el-trabajo.webnode.com.co/marco-legal/
Responsabilidad Administrativa en el Sistema General de Riesgos Profesionales. Ayala Cáceres, Carlos Luis, (2005), (Ediciones Salud LaboralLtda).Legislación
https://www.mintrabajo.gov.co/empleo-y-pensiones/empleo/subdireccion-de-formalizacion-y-proteccion-del-empleo/formalizacion-laboral/que-es-el-sistema-general-de-riesgos-laborales

MARCOLEGALENSEGURIDADYSALUDENELTRABAJO

Leyes, decretos yresoluciones
En Colombia desde el año de 1979 se dio inicio a reglamentación en materia de salud ocupacional, dentro de las normas que la han regulado tenemos: Resolución 2400 de 1979: Mediante el cual se crea el estatuto de seguridad industrial. Ley 9 de 1979: Código sanitario nacional Resolución 2013 de 1986: Creación y funcionamiento de comités paritarios de salud ocupacional. Decreto 614 de 1984: Creación de bases para la organización de la salud ocupacional. Resolución 2013 de 1986: Establece la creación y funcionamiento de los comités de medicina, higiene y seguridad industrial en las empresas. Resolución 1016 de 1989: Establece el funcionamiento de los programas de salud ocupacional en las empresas. Decreto 1295 de 1994: Mediante el cual se determina la organización y administración del sistema general de riesgos profesionales. Decreto 1530 de 1996: se define accidente de trabajo y enfermedad profesional con muerte del trabajador. Ley 776 de 2002: Se dictan normas de organización, administración y prestación del sistema general de riesgos profesionales. Resolución 1401 de 2007: Reglamenta la investigación de accidente e incidente de trabajo. Resolución 2346 de 2007: Regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales. Resolución 1918 de 2009: Modifica los artículos 11 y 17 de la resolución 2346 de 2007 y se dictan otras disposiciones. Resolución 1956 de 2008: Se adoptan medidas para el consumo de cigarrillo y tabaco. Resolución 2646 de 2008: Se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención y monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del origen de las patologías causadas por el estrés ocupacional. Decreto 2566 de 2009: Se emite la tabla de enfermedades profesionales. Resolución 652 de 2012: Se establecen conformación de comités de convivencia laboral para empresas públicas y privadas y se dictan otras disposiciones. Circular 0038 de 2010: espacio libre de humo y sustancias psicoactivas en la empresa. Resolución 1356 de 2012: Por medio de la cual se modifica parcialmente la resolución 652 de 2012. Ley 1562 de 2012: Por la cual se modifica el sistema de riesgos laborales y se dictan otras disposiciones en materia de salud ocupacional. Resolución 1409 de 2012: Por la cual se establece el reglamento de seguridad para la protección en caídas en trabajos en alturas. Resolución 4502 de 2012: Por la cual se reglamenta el procedimiento, requisitos para el otorgamiento y renovación de las licencias de salud ocupacional y se dictan otras disposiciones. -Resolución 1903 de 2013: Por la cual modifica el numeral 5° del artículo 10 y el parágrafo 4° del artículo 11 de la Resolución 1409 de 2012, por la cual se estableció el Reglamento para Trabajo Seguro en Alturas, y se dictan otras disposiciones. Resolución 3368 de 2014 Modificación al reglamento para protección contra caídas de trabajo en alturas. Decreto 1443 de 2014 Por medio del cual se dictan disposiciones para la implementación del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo (SG-SST).
MARCO LEGALCOLOMBIANO

RESPONSABILIDAD EN SEGURIDAD Y SALUD EN ELTRABAJO

TIPOS DERESPONSABILIDADEn el Sistema General de Riesgos Laborales, el empleador es el responsable de procurar el cuidado integral de la salud de los trabajadores proporcionando ambientes de trabajo saludables, idóneos para el desarrollo de la labor.
RESPONSABILIDAD PENALCuandosepresentaunaccidentedetrabajoysecompruebalaculpadelempleador,surgeporparte del causante, la responsabilidad penal por las lesiones sufridas o por la muerte de trabajador. Esta responsabilidad, es asumida directamente por el causante del accidente o las lesiones, quien puede ser privado de su libertad como consecuencia de un proceso penal por homicidio o por lesiones personales.
RESPONSABILIDAD CIVILLaresponsabilidadcivil,tienencomoobjetivoprincipalpermitirlealsujetoquehayasufrido un daño obtener la reparación, dirigiéndose contra quien lo causó. La responsabilidad civil en Accidente de Trabajo o Enfermedad laboral, busca la reparación plena de perjuicios ocasionaos por culpa patronal. La legislación Colombiana en el artículo 216 del Código Sustantivo Del Trabajo, señala que si el empleador no genera un ambiente de trabajo adecuado puede incurrir en el pago de indemnizaciones derivadas de la Responsabilidad Civil.
RESPONSABILIDAD LABORAL.Estetipoderesponsabilidadsurgedelarelaciónlaboralypermitequelostrabajadoresestén protegidosdelascontingenciasqueseocasionenporuninfortuniolaboral,porloqueencaso deAccidentedeTrabajooEnfermedadlaboral,elempleadordebegarantizarlasprestaciones económicas y asistenciales de lostrabajadores.Estaresponsabilidadeslaqueelempleadordebeaseguraratravésdeunaadministradorade riesgosprofesionales(ARL),atravésdelpagodecotizacionesmensu
Clases de daños yperjuicios
3.Perjuiciosfisiológicos:Losperjuiciosfisiológicosexistenparalostrabajadoresaccidentadosocon enfermedadprofesionalquesufrenunalimitaciónparapodervivirnormalmente,seindemnizafuera de lo ya otorgado por la ARP cuando la calificación de la invalidez le reconoce al trabajador la pensión de invalidez o incapacidad permanenteparcial.
Dañosoperjuiciosextrapatrimoniales(morales)Sonlosdañosdiferentesalospatrimoniales, como morales, fisiológicos, estéticos, etc De los daños extrapatrimoniales, los principales son los daños morales que no afectan aspectos económicos sino aspectos íntimos, sentimentales, afectivos, emocionales, dichos daños como por ejemplo la angustia por la enfermedad de un familiar o el dolor por la muerte de un ser querido afectan aspectos de la personalidad o el derechoalaintegridadcorporaldeltrabajador.Sedividenenobjetivadosysubjetivados:

SUBJETIVADOS: Son los perjuicios que se causan cuando se lesiona los sentimientos de las personas, debido a un impacto emocional o afectivo, que genera angustia, dolor interno y psíquico por tal motivo no son fáciles de describir y de medir y se dejan a criterio del juez.

OBJETIVADOS:Sonlosdañosderepercusióneconómicaproductodelasangustiasotrastornos psíquicos que sufre el trabajador o sus familiares debido a un hecho dañoso, es decir, sonimpactos sentimentales,afectivos,emocionales,quenosoloperturbaelinteriordeunapersonasinotambién el medio económico y la actividad productiva del afectado. Puede ser tasado o cuantificado por medios de peritos, debido a que existen manifestaciones externas que permiten una valoración objetiva.

1.Daños o perjuicios patrimoniales: Son los que repercuten negativamente en el patrimonio económico del trabajador o de su familia, causando un empobrecimiento del mismo. Se dividen en:

LUCRO CESANTE: Debido al ATEL, el trabajador y sus beneficiarios, encontrarán una disminución del aumento patrimonial, debido a que no se encuentra en condiciones de producir dejando de ingresar una determinada suma dedinero.

DAÑO EMERGENTE:Es la destrucción o pérdidamaterial de los bienes, lo que se traduce en una disminución patrimonial para la persona que lo sufre, en resumen son los recursos económicos que egresan o salen del patrimonio del trabajador o su familia para atender las consecuencias derivadas del daño que les ha producido la ocurrencia del ATEP.

Generadores deculpa
La Impericia: Falta de experiencia, se presenta por falta de conocimientos básicos, incapacidad técnica para ejercer una profesión, un arte u oficio. Se puede observar desde tres aspectos: la ignorancia, el error y la inhabilidad.” Violación de reglamentos o normas. “Es una forma de llegar a la negligencia, imprudencia e impericia Clases de daños operjuicios.
Lanegligencia:Essinónimodedescuido,eshacerloquenosedebe,odejardehaceraquello que las circunstancias requieren que se haga y no se hace. La negligencia es una conducta o misiva,contrariaalasnormasqueimponenundeterminadocuidado,unaacciónrealizadasin tomar las debidasprecauciones.
La imprudencia: se presenta cuando se realiza un acto sin el debido cuidado, es actuar en forma desmesurada, apresurada e impulsiva, violando en forma activa las normas de cuidado que establece la prudencia y ocasionando un daño al trabajador.

SISTEMA GENERAL DE RIESGOSLABORALES

Actores para sufuncionamiento
TRABAJADOR

Procurar el cuidadointegralde la saludSuministrar información clara, veraz y completasobresu estado de salud.Cumplir los estándaresyreglamentos del Sistema de gestión de a Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)Participar en la prevencióndelos riesgos profesionales a través de los COPASSTConocer las funcionesdelComité de Convivencia Laboral con el fin de solucionar conflictos y seguir conductos regulares.

EMPLEADOR

Las obligacionesestán contemplada s en el artículo 21 de Dec.-Ley 1295 de1994 yconsisten en el pago de la cotización a la respectiva ARL donde se encuentren afiliados los trabajadores.Notificar alaARL la ocurrencia de cualquier ATELDar directrices y otorgarlosrecursos para la mejora continua del SG-SSTDeberásustituirelPrograma de Salud Ocupacionalpor el

ARL

Brinda asesoría y asistencia técnica alasempresas afiliadas para la implementaci ón del Sistema de Gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo SG-SST.Fomenta estilosdetrabajo y vida saludables de acuerdo con los factores de riesgo de las empresas clientesPago de prestaciones asistenciales:Asistencia médica quirúrgica, medicamento s, rehabilitaión, etc.

Estado

Ministerio de Protección Social –Ministerio de Trabajo

Dirige, coordina y vigila sufuncionamient o, igualmente aplica las sanciones a las que haya lugar cuando alguno de los actores incurre en incumplimient o de cualquier tipo

Características
En el Artículo 4º del decreto 1295 de 1994 y Ley 1562/ Julio/2012 se definen las siguientes Características:•Es dirigido, orientado, controlado y vigilado por elEstado.-Las entidades administradoras del Sistema General de Riesgos laborales tendrán a sucargolaafiliaciónalsistemadeylaadministracióndelmismo.El artículo 2° de la Ley 1562 de 2012 modifica el artículo 13 del Decreto-Ley 1295 de 1994, quedando así:Deben ser afiliados al SGRL de forma obligatoria:-Los trabajadores dependientes nacionales o extranjeros, vinculados mediante contrato de trabajo escrito o verbal y los servidores públicos, contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas; tales como contratos civiles, comerciales o administrativos con una duración superior a un mes y con precisión de las situaciones de tiempo, modo y lugar en que se realiza dichaprestación.-Cooperativas y precooperativas de trabajo asociado son responsables del proceso de afiliación y pago de los aportes de los trabajadoresasociados-Los jubilados o pensionados, que se incorporen a la fuerzalaboral como trabajadoresdependientes,vinculadosmediantecontratodetrabajoocomo servidores públicos.•Estudiantes de todos los niveles académicos de instituciones educativas públicas o privadas que deban ejecutar trabajos que signifiquen fuente de ingreso para la institución o cuya actividad formativa sea requisito para la culminación de estudios e involucre un riesgoocupacional.•Trabajadores independientes que laboren en actividades catalogadas por el ministeriodetrabajocomodealtoriesgo,elpagodeestaafiliaciónseráporcuentadel contratante.•Miembrosactivosdelsubsistemanacionaldeprimerarespuestayelpagodela afiliaciónseráacargodelministeriodelinteriordeconformidadconlanormativida
Objetivos
Estableceractividadesdepromoción yPrevencion estendientes mejorarlas condicionesde Trabajo ysaluddela población trabajadora, Protegiéndolacontralosriesgosderivadosdelaorganizacióndeltrabajo.-Fijar las prestaciones de salud y económicas por los diversos tipos de incapacidad.-Fortalecer las actividades tendientes a establecer el origen de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales y el control de los agentes de riesgosocupacionales.
Definición
El Sistema General de Riesgos Laborales articula el sistema de prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales a través de planes de salud ocupacional y prevención de riesgos al tiempo de atender los siniestros laborales por medio de las prestaciones de subsidio por incapacidad, indemnización por incapacidad permanente parcial, pensión de invalidez y pensión de sobrevivientes.

CONCEPTOS BASICOS EN SALUD OCUPACIONALY EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Condición de salud y detrabajo
Características materiales y no materiales que pueden ser generadas por el ambiente, la organización y las personas, y que contribuyen a determinar el procesosalud-enfermedad.
Riesgo Ocupacional
Se entiende bajo esta denominación la existencia de elementos, fenómenos, ambiente y acciones humanas que encierran una capacidad potencial de producir lesiones o daños materiales, y cuya probabilidad de ocurrencia depende de la eliminación y/o control del elemento agresivo.
EnfermedadLaboral
Es enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgoinherentesalaactividadlaboralodelmedioenelqueeltrabajadorsehavisto obligado atrabajar.
Obligatoriedad de reporte deAT
La empresa: Debe Informar a la correspondiente ADMINISTRADORA DE RIESGOS LABORALES (ARL) y a la ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD (EPS) en forma simultánea, todo accidente de trabajo, por leve que sea, dentro de los dos días hábiles siguientes alsuceso.•El trabajador: Informar de forma INMEDIATA a los supervisores o empleadores de toda lesiónocasionadaenunaccidentedetrabajoporlevequesea..(Artículo62°.Decreto1295 de
Lo que no se consideraAT
El que se produzca por la ejecución de actividades diferentes para las que fue contratado el trabajador, tales como labores recreativas, deportivas y culturales, así se produzcan durante la jornada laboral, a menos que actúe por cuenta o representación del empleador.
Accidente detrabajo
Es accidente de trabajo todo suceso repentino queSobrevengaporcausaoconocasióndeltrabajo,yqueproduzcaeneltrabajadorunalesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aun fuera del lugar y horas de trabajo.
Actualidad en Seguridad y Salud en elTrabajo
En la actualidad los Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo se están desarrollando por fases, que terminan su implementación en enero del año 2020; fecha en la cual todos los Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo se ejecutarán anualmente de enero a diciembre o en cualquier fracción del año si la empresa o entidad es creada durante el respectivo año. En el año 2020 y en los años sucesivos el Plan de Mejora debe dejarse listo y aprobado por la empresa en el Plan Anual del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo desde el mes de diciembre del año anterior. Lo anterior con el fin de empezar a ser ejecutado a partir del (1º) primero de enero del año siguiente,
Áreas de la saludocupacional
Seguridad Ocupacional oIndustrial.

Conjunto de actividades destinadas a la identificación, evaluación y control de los factores de riesgo o condiciones de trabajo que puedan producir accidentes detrabajo.

Higiene Ocupacional oIndustrial.

Conjunto de actividades destinadas a la identificación, evaluación y control de los factores de riesgo del ambiente de trabajo que puedan alterar la salud de los trabajadores, generando enfermedades profesionales.

Medicina ocupacional o deltrabajo.

Conjunto de actividades de las ciencias de la salud dirigidas hacia la promoción de la calidad de vida de los trabajadores a través del mantenimiento y mejoramiento de sus condiciones de salud.

CaracterísticasdelaSaludOcupacional–hoySST
Convoca al trabajo interdisciplinario • Trabaja con grupos y no con individuos • Es eminentemente preventiva •Su ejercicio se fundamenta en el control de riesgos
Trabajador
Personaquevoluntariamenteprestasusserviciosretribuidosporcuentaajenao propia y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona natural o jurídica, denominada empleador o de símismo.
Relación Salud-trabajo
De acuerdo a lo establecido por el Comité Mixto de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y de la Organización Mundial de la salud (OMS), promoción y mantenimiento del más alto grado de bienestar físico,
TRABAJO
Es toda actividad humana libre, ya sea material o intelectual, permanente o transitoria, que una persona natural ejecuta conscientemente al servicio de otra, y cualquiera que sea su finalidad, siempre que se efectué en ejecución de un contrato de trabajo. (CST)
SALUD
La salud, según la Organización Mundial de la Salud, es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades. -

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Está definida como aquella disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo, y de la protección y promoción de la salud de los trabajadores.
NORMAS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL VIGENTES

Normas leyes seguridad y salud en el trabajo-Colombia Ley 1010 2006 por medio de la cual se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo. Código Código Sustantivo del Trabajo. 1951 Regulación de Relaciones Laborales. Resolución 1401 2007 por la cual se reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de trabajo. Resolución 2346 2007 por la cual se regula la práctica de evaluaciones médicas ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales. Resolución 2646 2008 por la cual se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención y monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del origen de estas. Resolución 00000652 2012 por la cualquier se establece la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral en entidades públicas y empresas privadas y se di tan otros disposiciones. Resolución 0312 2019 por la cual se definen los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST. Decreto 1072 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo. Resolución 1409 2012 por la cual se establece el reglamento de seguridad para protección contra caídas en trabajo en alturas. Decreto-Ley 1295 1994 por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales. Resolución 1792 1990 por la cual se adoptan valores límites permisibles para la exposición ocupacional al ruido. Resolución 2013 1986 por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo Resolución 2400 1979 por la cual se establecen algunas disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo.