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von LUIS ENRIQUE ARIAS SOCA Vor 2 Jahren

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TITULO VALOR

Un título valor es un documento mercantil que representa un derecho privado y cuya validez y transferencia están condicionadas a la posesión del mismo. Los requisitos esenciales incluyen el nombre del título, la fecha y lugar de creación, las presentaciones y derechos que contiene y la firma de quien lo expide.

TITULO VALOR

TITULO VALOR

Es un documento mercantil sobre un derecho privado cuyo ejercicio y trasmision estan condicionados a la posesion del documento

¿Que Títulos Valores se Protestan?
No se protestan

Certificado Bancario Cheques especiales: Gerencia Giro Travel Check Garantizado Certificado Bonos/Papeles Comerciales Acciones Otros

Sí se protestan

Cheque Pagaré Letra de Cambio Warrant Otros

PLAZO DE PROTESTA

Dentro de 15 días posteriores al vencimiento, debiéndose entregar al Notario dentro de los 8 primeros días del vencimiento.

EL PROTESTO
Es el acto notarial o diligencia judicial que tiene por finalidad dejar constancia fehaciente e indubitable del incumplimiento de las obligaciones que representa el título valor.

¿ANTE QUIEN SE PROTESTA?

Secretario Notarial

Juez de Paz Letrado. Donde no hay Notario.

Notario Público

Transferencia de los Títulos Valores
ENDOSO

Es el modo de transmisión de los títulos valores A LA ORDEN, consistente en la firma de quien transmite colocada al reverso del documento.  Puede designarse el nombre del beneficiario o hacerse en blanco.  Mediante el endoso el legítimo poseedor transmite el título.

TIPOS

EN FIDECOMISO

EN GARANTIA

EN COBRANZA

EN PROPIEDAD

SEGUN LA CIRCULACION
El Título Valor Nominativo

aquellos que tienen una circulación restringida, porque designan a una persona como titular no se endosa.

Título Valor A la Orden

Son aquellos que se extienden a favor de una persona determinada, pudiendo ésta transmitirlos a otra persona por medio de la fórmula del endoso.

Título Valor al Portador

Son aquellos que reconocen un derecho a favor de la persona indeterminada que posea el documento. Se pueden transmitir estos títulos valores por la mera entrega del documento a otra persona.

REQUISITOS
Nombre del titulo y valor que se trate

Fecha y lugar de creación

Presentaciones y derechos que el titulo valor contengan

Firma de quien lo expide

CLASIFICACIÓN
POR LA FORMA COMO SE PRESENTAN

DESMATERIALIZADOS

CERTIFICADOS DE DEPOSITOS

BONOS

ACCIONES DE SOCIEDADES

MATERIALIZADOS

PAGARES

CHEQUE

LETRA DE CAMBIO

Según su derecho incorporado

Títulos jurídico-reales

aquellos que incorporan la posesión y en muchos casos la disponibilidad de unas determinadas mercancías. Ej. Un resguardo de depósito en almacenes generales.

Títulos jurídico-personales

aquellos que atribuyen a su titular una determinada posición en el ámbito de una entidad organizada. Ej. Las acciones de una S.A.

Títulos jurídico-obligacionales

aquellos que incorporan un derecho de crédito. Ej. Cheque, letra de cambio