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por Marina Morales Sanchez hace 1 año

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1.1 Las Fuentes del Derecho Administrativo y los principios de legalidad y seguridad jurídica

El derecho administrativo se fundamenta en principios esenciales como la legalidad y la seguridad jurídica. La seguridad jurídica implica que las instituciones públicas deben seguir reglas específicas en su organización y funcionamiento.

      1.1 Las Fuentes del Derecho    Administrativo y los principios de    legalidad y seguridad jurídica

1.1 Las Fuentes del Derecho Administrativo y los principios de legalidad y seguridad jurídica

Fuentes del Derecho Administrativo Según algunos autores las fuentes del derecho administrativo son la ley, la doctrina y la costumbre (en sentido amplio)

Fuentes materiales:
Doctrina: Es importante tomar en cuenta dicha fuente o considerarla como tal ya que los legisladores se inspiran en opiniones de naturaleza doctrinaria para elaborar las leyes.
Costumbre: Hábito que se adquiere en base a la repetición de actos de la misma especie, jurídicamente se establece con fuerza como una práctica que rige al derecho en general.
Fuentes formales:
Jurisprudencia: La SCJN sostiene que es un conjunto de principios, razonamientos así como criterios que establecen los juzgadores en las resoluciones que emiten. Es un medio a traves del cual se crean las normas jurídicas.
Reglamentos: Conjunto de normas que regulan la conducta externa de los seres humanos. La manera de distinguir entre reglamento y ley es que los reglamentos son emitidos por el poder ejecutivo lo que permite que sea modificable, no siendo así con las leyes.
Ley: Es una norma de conducta humana externa. Son ley todos los ordenamientos jurídicos que expidan los órganos competentes y que lo hagan conforme a un procedimiento específico preestablecido.
-La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es la fuente del derecho más importante en todas las ramas, pues es el conjunto de normas que regulan la estructura, poder y funciones de todo el estado mexicano.

Principio de seguridad jurídica Conjunto de reglas que los órganos públicos deben respetar en su organización y funcionamientos internos.

Lege perpetua: Los ordenamientos jurídicos deben ser lo más estable posibles a fin de que las personas puedan conocerlos y ajustar su conducta en base a lo establecido.
Lege previa: Las leyes solamente pueden regir hacia el futuro haciendo con ellas posible que las consecuencias juridicas de nuestra conducta sea previsibles. Este principio se materializa en la prohibición de aplicar retroactivamente la ley.
Lege stricta: Este principio se refiere a que algunas áreas de la conducta pueden ser reguladas solamente mediante cierto tipo de normas.
Lege plena: Principio según el cual Las consecuencias jurídicas de alguna conducta deben estar tipificadas en un texto normativo.
Lege manifiesta: Las normas jurídicas deben ser claras, comprensibles, alejadas de formulismos oscuros y complicados.
Lege promulgata: Para que una norma jurídica sea obligatoria tiene que haber sido dada a conocer a sus destinatarios mediante las formalidades establecidas para cada caso.

RELACION ENTRE LOS TEMAS

La relación entre los conceptos que encuentro es que se refieren a la creación de normas, leyes y reglamentos que regulan el comportamiento tanto de los seres humanos. Asimismo establecen los lineamientos a seguir para el correcto funcionamiento de nuestra sociedad.

Principio de legalidad

ELEMENTOS BÁSICOS DE LA LEGALIDAD:
FUNDAMENTACION Y MOTIVACION: Obligación de todo ente público de expresar los preceptos jurídicos aplicables y las razones y argumentos de su actuar.
VIGENCIA: Cualidad que tienen las normas que indican que son válidas y efectivas en la actualidad.
PROCEDIMIENTO: La ley establece los pasos a seguir para realizar las atribuciones encomendadas al servidor público.
COMPETENCIA: Toda autoridad para dar, no dar y poder hacer algo debe tener delimitada su competencia, le compete a la autoridad determinar la posibilidad de realizar algo.
La sujeción por parte de los Estados y poderes públicos a la ley y al proceso legislativo. Todo poder público y toda acción privada debe ejercerse en base a una ley escrita