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por KAREN LOPEZ hace 6 años

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Acto juridico

Los contratos se rigen por principios que se aplican de forma residual y, si no funcionan, se descartan. Los términos de un contrato solo se aplican a la materia específica para la cual se ha contraído.

Acto juridico

Presentado por

Karen López Echeverry

Error inducido

Hay manifestación de la voluntad pero ya existe la obligación

Diferentes a la clasiifcacion de los actos juridicos

Diferentes

Clases de contratos

Según con su consagración legal
Atipicos

No tienen consagración legal,los regulan la costumbre pero son legales

se ve en contratos mercantiles

Tipicos

Tiene su consagración legal, las reglas que lo regulan están establecidas por el legislador

Según el momento de la ejecucion
Trato sucesisivo

Las obligaciones se cumplen en el futuro y se van causando en el tiempo

Arrendamiento, contrato laboral y contrato de seguros

Futuro

esta sujeta a condiciones o plazos

Instantanea

Su cumplimiento es contemporaneo con el nacimiento del contrato

Compraventa en la tienda

Según la equivalencia de las prestaciones

Beneficio reciproco

Aleatorio

Compraventa de loteria

Contingencia incierta se puede ganar o perder

Conmutativo

Existe un equilibrio prestacional

Una parte recibe beneficios y la otro no

Una de las partes se obliga para con otra que no contrae obligación alguna
Según las partes obligadas

Las partes contratantes se obligan recíprocamente.

Según la forma de perfeccionarse
Capaz de producir efectos jurídicos

Entrega

Deposito

Prenda

Comodato

Tradición

Mutuo

Compraventa de bien inmueble

Hipoteca

Matrimonio

Promesa

Consesuales

Acto jurídico unilateral con la intención de crear obligaciones

Convenciones

Crea, modifica o extingue obligaciones

Los principios se aplican de forma residual y si no funcionan se van descartando

Las clausulas ambiguas que hayan sido extendidas o dictadas por una de las partes, se interpretara en contra de ella

Todas las clusulas ambiguas se interpretaran a favor del deudor

La manifestacion de la voluntad no puede simplificarse al extremo de quitarle circustancias aledañas y adjuntas, que miradas en conjunto forman su contexto

Se deben de tener en cuenta aquellas clausulas que producen efectos jurídicos

Por general que sean los términos de un contrato, solo se aplicaran a la materia sobre la cual se ha contraído

Conocida claramente la intención de los contratantes, debe estarse a ella más que a lo literal de las palabras.

Proceso

4 años para inciarlo

Lo puede hacer meidnate simulacion relativa

Esta legitimado quien hizo el negocio quien

Contratos

Gratuitos

Sol una de las partes recibe utilidad

Onerosos

Onerosos conmutativos
Existe un equilibrio prestacional, lo que se recibe es equivalente a lo que se da
Ambas partes reciben utilidad

Si vicia el consentimiento

Si vicia el consentimiento

Determiante

Por causa de ese hecho la persona manifestó su voluntad

Injusta

Toda violencia

Grave

Infunda un verdadero termor, expuesto a daño irremediable

DEBEN DE SER DETERMINANTES

Genera Nulidad relativa

Deben ser

posible

Determinado

Comercial

Simulacion relativa

Es una verdad a media, pero toda verdad a medias es considera una mentira.

Elementos esenciales de cualquier contrato para que pueda exitir

Requisitos indispensables

Acto juridico

Se clasifican

Bilaterales
De manera reciproca las partes manifiestan su voluntad
Unilaterales
Solo una persona manifiesta la voluntad

Manifestación de la voluntad con intención de producir efectos jurídicos

Que pueda ejecutarse
Cumplimiento

No solo es obligación lo expreso en el contrato si no todo lo que emana de el

La ejecucion debe ser de buena fe sin sacar provecho a costos de perjuicios ajenos

La ley obliga a cumplir su voluntad y solo es invalidado por mutuo acuerdo o causas legales

Todo contrato legalmente celebrado es ley

Que pueda ser interpretado
Reglas

Principio de favorabilidad Art. 1624 C.C

Principio de concordancia Art 1621 y 1622 C.C

Principio de efectividad Art. 1620 C.C

Principio de especialidad Art. 1619 C.C

Prevalencia de la intención Art 1618 C.C

Poder comprender la verdadera intención de los contratatntes
Debe de ser valido
Que cumpla todas las demás solemnidades sustanciales para la validez del acto

Todas otras Solemnidades sustanciales

Previsto por el legislador para la validez del acto

Solemnidades sustanciales

Sino se adecua se da la inexistencia

Formalidades para la formación del acto

Como se debe de manifestar la voluntad de forma idónea

Que no adolezca de lesión enorme

Solo en los casos que el legilador lo dertermino

Intereses por encima de los intereses de usura

Clausula penal excesiva

Contratos de hipoteca excesiva

Cuando se rompe el equilibrio prestacional

Que el objeto sea comercial

Cosas de libre circulación

Voluntad o consentimiento libre de vicios

Quien manifieste la voluntad debe de hacerlo de manera libre, sin coacción y sin error.

Dolo

Civil

Materia contractual

Mediante maniobras engañosas de la contrate para que la persona contrate

Determinante

Por ese razón se contrato

Una de las partes es consciente

Intención de causar daños, la sancionó es reparar e indemnizar (Art 63 C.C)

Penal

Intención positiva de cometer el delito, transgredir la norma penal y la sanción es la pena

Fuerza

Constreñimiento injusto para que una persona cumpla con su

Cuando es capaz de producir una impresión fuerte en una persona en su sano juicio

Error

Falsa apreciación de la realidad

Discrepancia y diferencia entre la idea que se forma y en lo que en realidad es

Clases

Hecho

Error indiferente

El error en el que se incurrió NO ES DETERMINANTE para la celebración del acto jurídico

No vicia el consentimiento

Nulidad

Se tiene idea errónea sobre un parte DETERMINANTE por la cual se contrato

se pueda dar sobre

Cualquier otra calidad

Sobre la persona con quien se contrato

Sustancia o calidad del objeto

Error obstáculo (Art. 1510 C.C)

Impide que se forme el consentimiento, se tienen ideas diferentes de los elementos esenciales

Provoca la inexistencia

No vicia el consentimiento

Derecho (Art 1509 C.C)

Error en cuanto a la aplicación, alcance e interpretación de una norma de derecho

No vicia el consentimiento

La equivocación de da en el sujeto

Que sea legalmente capaz

Capacidad legal

Facultad de manifestar la voluntad de manera directa sin el permiso y consentimiento de otra persona (Art.1502)

Excepeciones

Incapacidad legal: sigue tendiendo facultad para obligarse y contraer obligaciones pero por medio de sus representantes (Art.1503)

Incapacidad absoluta

No poder manifestar la voluntad de obligarse por si mismo en ningún acto jurídico, excepto en aquellos casos que la ley expresamente lo auotiza

Incapacidad relativa

Poder obligarse por si mismo en todos los actos jurídicos, excepto en aquellos casos que la ley expresamente lo prohíbe

Capacidad de goce

ser titular de derechos y obligaciones todas las personas la tienen

Debe de existir
Que tenga vida juridica y pueda producir efectos juridico

Requisitos

Manifestación idónea de la voluntad

Solemnes

Consuales

Objeto de la voluntad

Los objetos se convierten en el objeto de prestación, es decir, son el objeto de las obligaciones de las partes

Debe de recaer sobre una cosa o varias cosas. Son los elementos esenciales del contrato

Voluntad o consentimiento

Desviaciones

Se manifiesta la voluntad con la intención de producir efectos jurídicos, pero en realidad se espera producir otros efectos

Acto fraudolento

Se tuvo que haber sustraído bienes del patrimonio del deudor; patrimonio este que era la prenda común de sus acreedores

El acto mencionado tuvo que haber producido o agravado la insolvencia del deudor u obligado

El fraude debe haberse realizado mediante la forma de un acto jurídico válido

Se expresa la verdad pero las partes tiene una intención escondida, la intención es causar daños y perjuicios a los acreedores

Simulación

Que el acto secreto sea contemporáneo al acto aparente

Que el acto secreto modifique o suprima los efectos del acto aparente

Conciencia respecto de la divergencia entre el acto aparente y el acto secreto

Existencia de dos actos uno aparente y uno secreto

Que es

Se busca engañar a terceras personas sobre un negocio que se realiza aparentemente de una manera pero en realidad es otra cosa, de manera pública se realiza un negocio jurídico, mientras que en lo secreto se ha realizado o se realizara otro totalmente distinto al que en público se pareció realizar.

Formación

Situaciones jurídicas que son fuentes para la formación de la voluntad y producenn efectos jurídicos

Estipulación por otro (Art. 1506,1507 C.C)

En contra de otra (deudor)

Siempre que uno que los contratantes se compromete a que por una tercera persona, de quien no es legítimo representante, ha de darse, hacerse o no hacerse alguna cosa, esta tercera persona no contraerá obligación alguna, sino en virtud de su ratificación; y si ella no ratifica, el otro contratante tendrá acción de perjuicios contra el que hizo la promesa.

A favor de otra (acreedor)

Respresentación (Art. 1502 C.C)

Cualquiera puede estipular a favor de una tercera persona, aunque no tenga derecho para representarla; pero sólo esta tercera persona podrá demandar lo estipulado; y mientras no intervenga su aceptación expresa o tácita, es revocable el contrato por la sola voluntad de las partes que concurrieron a él.

Lo que una persona ejecuta a nombre de otra, estando facultada por ella o por la ley para representarla, produce respecto del representado iguales efectos que si hubiese contratado él mismo

La promesa

Única obligación es la realización del contrato prometido y es una obligación reciproca

Contrato por el cual las partes se están obligando a celebrar otro contrato en el futuro. Se celebra cuando el contrato prometido no se puede cumplir inmediatamente

Requsitos

Que solo haga falta para su perfeccionamiento la tradición de la cosa o formalidades legales

Debe de contener un plazo o condición. Al igual de debe determinar la hora, la fecha y el lugar de manera precisa

Condición

Hecho futuro incierto

Plazo

Hecho futuro cierto

Debe de estar de acuerdo a la ley

Debe de constar por escrito

La oferta (Art. 845 C.co)

Es el negocio jurídico que una persona formule a otra, deberá contener los elementos esenciales del negocio y ser comunicada al destinatario. Se entenderá que la propuesta ha sido comunicada cuando se utilice cualquier medio adecuado para hacerla conocer del destinatario.

La propuesta será irrevocable. De consiguiente, una vez comunicada, no podrá retractarse el proponerte.

ART 848

Las ofertas que hagan los comerciantes en las vitrinas mostradores y demás dependencias de sus establecimientos con indicación del precio y de las mercaderías ofrecidas, serán obligatorias mientras tales mercaderías estén expuestas al público

ART 847

Las ofertas de mercaderías, con indicación del precio, dirigidas a personas no determinadas, en circulares, prospectos o cualquiera otra especie similar de propaganda escrita, no serán obligatorias para el que las haga.

Libre

Requisito para la validez Art 1513

Concordantes

Solo es para actos bilaterales. Las partes concurren o estan de acuerdo sobre los elementos esenciales del acto jurídico

Error obstáculo: impide la manifestación de la voluntad y si no existe voluntad, no existe contrato

Seria

Tener la real inteción de producir efectos juridicos

Concepto

Libre autodeterminación, la voluntad esta ligada a lo mas fundamental del ser humano que es la libertad

Limites

El derecho ajeno

El bien común

La ley

Constitución Política

Manera de perfeccionamiento

Real

Tiene requisitos porque la manifestación de la voluntad no es suficiente.

Tradición de la cosa

Es necesario recibirla para que nazca a la vida juridica y poder disponer de la cosa, no entrego lo mismo que recibir Ejm: Mutuo

Entrega de la cosa

Con la entrega se hace el perfeccionamiento del contrato y es necesaria para poder restituir (dar-hacer) Ejm: Deposito,comodato, prenda

Solemne

Tiene requisitos formales sustanciales deben de cumplirse para que cree efectos jurídicos. Ejm: compraventa de inmuebles, matrimonio, herencia y testamento

Consensual

Manifestacion de la voluntad las partes se colocan de acuerdon de los elementos esenciales. Ejm: compraventa de muebles