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por Maria Leticia Canales hace 3 años

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Apertura de empresas-ley 5 del 11 de enero de 2007

La ley 5 del 11 de enero de 2007 establece las directrices para la apertura de empresas en Panamá. El proceso central es el aviso de operación, el cual es el único requisito necesario para iniciar una actividad comercial.

Apertura de empresas-ley 5 del 11 de enero de 2007

Apertura de empresas-ley 5 del 11 de enero de 2007

Articulo 4 Actividades exceptuadas

Ejecucución de profesionales liberales: servicio de abogado de manera personal
Actividades sin fines de lucro
Elaboración y ventas de artesanias con menos de 5 trabajadores
Agricola, ganadero, apicola, acuicola, avicola y agroforestal

Articulo 3 Validez de aviso de operación

Debe contener una declaración jurada
Tiene validez juridica y reposa en sistema Panamá emprende

Articulo 1 Aviso de operación

Debe contener la información necesaria y al finalizar se debe imprimir.
La autoridad competente en el MISI
Es el unico proceso requerido para iniciar una actividad comercial.
Toda persona natural o juridica tiene derecho a obtener un aviso de operación

Articulo 8 Proceso de aviso

Registro
Se debera completar el registro de la actividad en el sistema Panamá Emprende
Actividades industriales o comerciales
El interesado debera contar con las aprobaciones correspondientes en estos casos.

Articulo 6 Tasa de aviso

Las personas naturales y para las personas juridicas
En cada caso cinco balboas de la tasa de aviso de operación corresponderal al municio respectivo del lugar donde se ubique el establecimiento.
Pagará una tasa de aviso de operación

Articulo 5 Definiciones

Aviso de operación
Documento que avala la actividad comercial
Actividad pública competente
Actividad industriales
Artesania casera con menos de 5 trabajadores
Ventas al por mayor al estado
Industria mano facturera