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por Roberto mancilla hace 5 años

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articulos de la convencion

El texto aborda la importancia de proteger la capacidad jurídica de las personas con discapacidad, incluyendo la provisión de salvaguardias cuando sea necesario. Además, destaca la necesidad de asegurar la igualdad en el acceso y los procedimientos judiciales, con un enfoque en la capacitación del personal.

articulos de la convencion

Topic flotante

Velar por la capacidad jurídica de las personas discapacitadas, otorgando salvaguardias si es necesario.

Igualdad de condiciones en el acceso y procedimientos judiciales, con capacitación del personal.

Velar por el goce de la libertad y seguridad de las personas discapacitadas, asegurándose que no sean privadas de ello.

Integrantes: Constanza Martínez Isabel Álvarez María José rademacher Juan Ignacio Téllez Matías Espinoza Roberto mancilla

artículos de la convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

todas las personas son iguales ante la ley y en virtud de ella y que tienen derecho a igual protección legal y a beneficiarse de la ley en igual medida sin discriminación alguna.

Goce del derecho a vivir de las personas discapacitadas en igualdad de condiciones.
Garantizar la seguridad y protección de las personas discapacitadas ante los riesgos.

Tratos denigrantes contra las personas con discapacidad e igualdad de condición para los demás.

Medidas para la protección con las personas y su género, proporcionar información, educación y apoyo para sus redes, con sus respectivos supervisores para el cumplimiento. Recuperación e integración.

Respeto sobre su integridad física y mental, igualdad de condiciones.

Igualdad y derecho respecto a sus decisiones en torno a su estadía, nacionalidad, nombre.

Igualdad de condiciones para todas las personas con discapacidad a vivir en la comunidad, con opciones iguales a las de las demás, con accesibilidad a asistencia domiciliaria y cosas tan básicas como elegir su lugar de residencia.

– Fundar Familia (matrimonio) -Fertilidad -Adopción

El gobierno reconoce que las personas con discapacidad tienen el derecho de trabajar en condiciones de igualdad en comparación al resto de la población. Personas con discapacidad no serán sometidas a condiciones de esclavitud ni falta de respeto, además de prohibición de discriminación.

Estados Partes reconocen el derecho de personas con discapacidad a nivel de vida adecuado para ellas y sus familias. También reconocen el derecho a protección social. Asegurar el acceso en condiciones de igualdad de las personas con discapacidad a los servicios básicos para vivir de forma adecuada

Se garantizará a las personas con discapacidad derechos políticos en igualdad de condiciones, para que puedan participar de forma directa o a través de representantes elegidos.

Se reconoce el derecho de personas con discapacidad a ser parte de actividades culturales y/o recreativas, en igualdad de condiciones con los demás, tanto como turísticas o ya sean programas de televisión, películas, teatro y otras actividades, y/o a lugares como museos, teatros, cines, y otros servicios de importancia cultural nacional. personas con discapacidad tendrán derecho, en igualdad de condiciones, al reconocimiento y el apoyo de su identidad cultural y lingüística específica, incluyendo lengua de señas y la cultura de sordos.

-Asegurar sistema educacional inclusivo en todos los niveles. -Propiciar participación plena en la educación.

-Programas de salud gratuitos y asequibles -Capacitar personal.

-Evaluación multidisciplinar de las capacidades y necesidades a temprana edad. -Inclusión en la comunidad

Asegurar que las personas con discapacidad gocen de movilidad con la mayor independencia posible y con un costo exequible.

Las personas con discapacidad puedan ejercer el derecho a la libertad de expresión y opinión, incluida la libertad de recabar, recibir y facilitar información sin costos adicionales en formatos variados y asequibles.

Ninguna persona con discapacidad será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, familia, hogar. Se resguardará la privacidad de las personas con discapacidad al igual que el resto de las personas.

Se adoptarán medidas para asegurar que puedan disfrutar plenamente y en igualdad de condiciones de todos los derechos humanos y libertades fundamentales.
tomarán todas las medidas necesarias para asegurar que todos los niños y las niñas con discapacidad gocen plenamente de todos los derechos humanos y libertades fundamentales. Se garantizarán que tengan derecho a expresar su opinión libremente, opinión que recibirá la debida consideración teniendo en cuenta su edad y madurez

Sensibilizar a la sociedad para que tome mayor conciencia respecto de las personas con discapacidad y fomentar el respeto de los derechos y la dignidad de estas personas. También luchar contra los estereotipos, los prejuicios y las prácticas nocivas respecto de las personas con discapacidad, incluidos los que se basan en el género o la edad, en todos los ámbitos de la vida.

que las personas con discapacidad puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida, se adoptarán medidas pertinentes para asegurar el acceso al entorno físico, el transporte, la información y las comunicaciones.