por Frey Hernandez Cano hace 3 años
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Las normas procesales mercantiles reglamentan defectuosamente determinada institución o sistema, no cabe la supletoriedad de las normas procesales civiles.
El supuesto de los procedimientos especiales que contemplan las leyes mercantiles especiales, en donde encontramos la existencia de simples aspectos de índole adjetivo; procedimientos incompletos.
El acto realizado por el órgano jurisdiccional mediante del cual se hace conocimiento de las partes el contenido de una resolución.
El remate de bienes se establece como vía para pagar el acto cuyo favor se decidió el juicio.
Se encuentra insuficiente regulado en el Código de Comercio, por lo que debemos de recurrir a la supletoriedad de Códigos Procesales locales.
Son diversas diligencias utilizadas por quien ejerce la función jurisdicción estatal para efectuar el cumplimiento de lo ordenado.
Se describe en los artículos del CoCo 1038 al 1048
Impulso procesal que imponen las partes
La caducidad tiene lugar cuando la ley o voluntad de los particulares, señalan un termino fijo.
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