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por JAIME ALEJANDRO GOMEZ PARRADO hace 2 años

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ATENCION A POBLACION DE FRONTERA

Diversas leyes y decretos buscan garantizar el acceso a la educación y la protección de poblaciones vulnerables en Colombia, especialmente aquellas en zonas rurales y fronterizas. El Ministerio de Educación Nacional (

ATENCION A POBLACION DE FRONTERA

ATENCION A POBLACION DE FRONTERA

DEFINICIONES

Zonas de Frontera: Aquellos municipios, corregimientos especiales de los Departamentos Fronterizos, colindantes con los límites de la República de Colombia
Zonas Especiales de Intervención Fronteriza (ZEIF): Son aquellas áreas conformadas por los municipios y/o áreas no municipalizadas fronterizas
Planes Estratégicos de Desarrollo e Integración Fronteriza: Instrumentos de planificación sectorial expedidos por los Ministerios y demás entidades del nivel central
Integración Fronteriza: Se refiere a los procesos de relacionamiento entre los territorios fronterizos colindantes de dos o más Estados
Hechos Interjurisdiccionales Fronterizos: Son los asuntos de interés común para las entidades territoriales nacionales que conforman Esquemas Asociativos Territoriales Fronterizos
Habilitación de cruces o pasos de frontera: Es la gestión realizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores ante un Estado limítrofe con el objeto de consensuar un lugar como punto de vinculación entre los territorios de ambos Estados
Departamentos fronterizos: Son aquellos departamentos limítrofes con un Estado vecino.
Componente de Desarrollo e Integración Fronteriza
CEBAF Es la infraestructura ubicada en forma aledaña a los cruces de frontera habilitados, que se localizan en los territorios de dos o más países limítrofes, en las cuales se concentran las autoridades nacionales de cada país
CENAF Es la infraestructura ubicada en forma aledaña a los cruces de frontera habilitados, con sus instalaciones y equipos necesarios.

ACUERDOS INTERNACIONALES / CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA 1991

Educación para niños, jóvenes y adultos, población rural y dispersa
Decreto 4062 del 31 de octubre de 2011 Migración Colombia

Coordinar la cooperación internacional en materia de información najo los lineamientos del ministerio de relaciones exteriores

Expedición de documentos para la población migrante, salvo conductos, pases, cedula de extranjería

Ejercer funciones de policía judicial en compañía de la Fiscalía General de la Nación

Llevar registro y control de nacionales y extranjeros que salen e ingresan al país

Ejercer vigilancia y control de nacionales y extranjeros en las fronteras y territorio nacional

Apoyo al ministerio de relaciones exteriores, para la aplicación de la política migratoria

Compes 2804 ley 387 de 1997

Favorece a familias en grado de desplazamiento por actores al margen de la ley, población vulnerable

MEN y Secretarias e Educcacion, apoyan, hacen sguimiento y evaluan a estudiantes de poblaciones vulnerables y marginales de acuerdo a las caracteristicas de dichos grupos
Acciones, MEN diseño de planes curriculares flexibles e incluyentes, alternativas educativas con ampliacion de cobertura con calidad educativa, para poblaciones vulnerables y marginales
Ley 21 de 1982
Ley 191 de 1995

ART 337 - 2089

Atención a población fronterizas

Entidades territoriales reconocen la nación y poblaciones fronterizas, respetan y vigilan acuerdos dentro de los lineamientos dictaminados por el gobierno coperacion binacional y trasnacional

Secretarias de educación crearan métodos de evaluación y seguimiento para los habitantes fronterizos, propondrán acciones y tomaran presente los lineamientos para la atención a población étnica y vulnerable.

Constitución Política 1991
Ley General de Educacion