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AUDIENCIA ORAL DE PRESENTACIÓN POR DETENCIÓN POLICIAL
Artículos 234 y 235 COOP
PROCEDIMIENTO
Se aplicará el Procedimiento Especial previsto en el Título II del Libro Tercero
Detenido
12 Horas siguientes a la detención
MINISTERIO PÚBLICO
Constitución de la República
GARANTÍAS
Con Familiares, abogados o asociación de Asistencia Jurídica para Informar de la Detención (Art. 127 COOP)
El Organismo Policial Debe Vigilar el Debido proceso
PROCEDENCIA
IN FRAGANTI: Instante en que se está cometiendo un delito
Debe ser presentada una Orden de Detención librada por un Juez competente
Fiscal y Victima
Acusación
AUDIENCIA ORAL DE PRESENTACIÓN DEL APREHENDIDO EN UN DELITO FLAGRANTE
Cuando se trate de Delitos Flagrantes, cualquiera que sea la pena asignada al delito.
APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
Artículos 372 y 373 COOP
MP
Se llevan las actuaciones ante el Juez de Control
Este decidira sobre la Solicitud Fiscal
Tribunal de Juicio
Seguirá las Reglas del Procedimiento Ordinario
5 Días Antes
Juicio Oral y Público
Dentro de los 10 a 15 días siguientes.
1) Aplicación del Procedimiento Ordinario
2) Aplicación del Procedimiento Abreviado
3) Imposición de una Medida de Coerción Personal
4) Solicitud de la Libertad del Aprehendido
Sin perjuicio del ejercicio de las acciones a que hubiere lugar.
El Aprehensor debe notificar la detención del Aprehendido