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por ÁNGEL E CHIRINOS COLMENÁREZ hace 3 días

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DELITO PRETERINTENCIONAL

En el ámbito legal, se distinguen varios conceptos fundamentales que determinan la gravedad y la naturaleza de las acciones delictivas. Uno de estos conceptos es el delito preterintencional, que se caracteriza por la ocurrencia de un resultado más grave que el originalmente pretendido por el autor.

 DELITO PRETERINTENCIONAL

Ángel Chirinos Colménarez V-25.194.620

DELITO PRETERINTENCIONAL

EL DOLO Y LA CULPA

son conceptos jurídicos que se diferencian por la intención de la acción. El dolo se caracteriza por la mala fe y la intención de causar daño, mientras que la culpa se caracteriza por la negligencia o imprudencia.
Culpa El autor del delito no busca intencionalmente el resultado lesivo. El autor del delito comete el hecho por negligencia, imprudencia o impericia. Las consecuencias legales pueden dar lugar a indemnizaciones o responsabilidades civiles.

En derecho penal, la culpa se puede clasificar en culpa con representación y culpa sin representación. También se puede clasificar en culpa consciente y culpa no consciente. Culpa consciente y no consciente La culpa consciente es cuando se tiene conocimiento de la acción que se realiza y de sus consecuencias. La culpa no consciente es cuando no se tiene conocimiento de la acción que se realiza y de sus consecuencias.

Dolo El autor del delito sabe que está cometiendo un delito. El autor del delito actúa con plena conciencia y acepta que su acto es contrario a la ley. Las consecuencias legales suelen ser más severas, especialmente en el ámbito penal.

La clasificación de los dolos se realiza de acuerdo con la intención del autor del delito. Dolo directo de primer grado El autor realiza una acción que provoca un daño de manera voluntaria y consciente. El resultado es el fin que perseguía al autor del hecho punible. Dolo directo de segundo grado El resultado de la acción delictiva no es el fin que perseguía el autor, pero sabe que se va a producir. Es necesario para conseguir el objetivo planeado.

DEFINICIÓN

Un delito preterintencional es aquel en el que el autor pretende cometer un delito menos grave, pero produce uno más grave sin querer.
En el Código Penal ARTÍCULO 105. HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL. El que preterintencionalmente matare a otro, incurrirá en la pena imponible de acuerdo con los dos artículos anteriores disminuidos de una tercera parte a la mitad. ARTÍCULO 106.

El Código Penal venezolano Artículo 406. El poder para representar al acusador privado o acusadora privada en el proceso debe ser especial, y expresar todos los datos de identificación de la persona contra quien se dirige la acusación y el hecho punible de que se trata.

CARACTERISTICAS

• La conducta es preterintencional cuando el resultado es previsible y excede la intención del agente. • El delito preterintencional solo será punible en los casos expresamente consagrados en la ley. • La preterintencionalidad se puede clasificar como homogénea o heterogénea. Ejemplos • Un homicidio preterintencional se produce cuando el autor intenta lesionar a una persona pero accidentalmente le causa la muerte.
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