por CRISTHIAN JOEL CHISCUL SANTA CRUZ hace 3 años
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El artículo 62-A expone que el psicólogo escolar es un profesional especializado que forma parte de la comunidad educativa y que contribuye a la formación integral de los estudiantes en la educación básica.
Realizar orientación vocacional a los estudiantes de los últimos grados del nivel secundario.
Realizar la contención emocional en casos de situaciones de crisis, que se puedan presentar en la institución educativa.
Brindar asesoría en la elaboración y desarrollo de las sesiones de tutoría.
Plantear estrategias para mejorar el clima institucional, de acuerdo al diagnóstico realizado, a fin de favorecer el desarrollo de relaciones interpersonales positivas entre los miembros de la comunidad educativa.
Apoyar la labor del coordinador de Tutoría en el desarrollo de acciones de acompañamiento a los tutores.
Orientar a los tutores en la comprensión de los aspectos y procesos socioemocionales de los estudiantes, que le peritan establecer una mejor relación con los mismos.
El articulo 53 propone que el alumno es el centro del proceso y del sistema educativo
Organizarse en Municipios Escolares u otras formas de organización estudiantil, a fin de ejercer sus derechos y participar responsablemente en la Institución Educativa y en la comunidad.
Asumir con responsabilidad su proceso de aprendizaje, así como practicar la tolerancia, la solidaridad, el diálogo y la convivencia armónica en la relación con sus compañeros, profesores y comunidad.
Contar con un sistema educativo eficiente, con instituciones y profesores responsables de su aprendizaje y desarrollo integral; recibir un buen trato y adecuada orientación e ingresar oportunamente al sistema o disponer de alternativas para culminar su educación.
El articulo 54 plantea que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad, responsable en primer lugar de la educación integral de los hijos.
Apoyar la gestión educativa y colaborar para el mejoramiento de la infraestructura y el equipamiento de la correspondiente Institución Educativa.
Organizarse en asociaciones de padres de familia, comités u otras instancias de representación a fin de contribuir al mejoramiento de los servicios que brinda la correspondiente Institución Educativa.
Participar y colaborar en el proceso educativo de sus hijos.
Informarse sobre la calidad del servicio educativo y velar por ella y por el rendimiento académico y el comportamiento de sus hijos.
Educar a sus hijos y proporcionarles en el hogar un trato respetuoso de sus derechos como personas, adecuado para el desarrollo de sus capacidades.
Es el personaje fundamental del proceso educativo y tiene como misión contribuir eficazmente en la formación de los estudiantes en todas las dimensiones del desarrollo humano.
Recibir incentivos y honores, registrados en el escalafón magisterial, por su buen desempeño profesional y por sus aportes a la innovación educativa.
Participar en los programas de capacitación y actualización profesional, los cuales constituyen requisitos en los procesos de evaluación docente.
Percibir remuneraciones justas y adecuadas y también las bonificaciones establecidas por ley; estar comprendido en la carrera pública docente; recibir debida y oportuna retribución por las contribuciones previsionales de jubilación y derrama magisterial.
Participar en la Institución Educativa y en otras instancias a fin de contribuir al desarrollo del Proyecto Educativo Institucional
Planificar, desarrollar y evaluar actividades que aseguren el logro del aprendizaje de los estudiantes, así como trabajar en el marco del respeto de las normas institucionales de convivencia.
Es la máxima autoridad y el representante legal de la Institución Educativa. Por lo tanto, es responsable de la gestión en los ámbitos pedagógico, institucional y administrativo.
FUNCIONES
Estar comprendido en la carrera pública docente cuando presta servicio en las instituciones del Estado.
Recibir una formación especializada para el ejercicio del cargo, así como una remuneración correspondiente a su responsabilidad.
Promover una práctica de evaluación y autoevaluación de su gestión y dar cuenta de ella ante la comunidad educativa y sus autoridades superiores.
Presidir el Consejo Educativo Institucional, promover las relaciones humanas armoniosas, el trabajo en equipo y la participación entre los miembros de la comunidad educativa.
Conducir la Institución Educativa de conformidad con lo establecido en el artículo 68 de la presente ley.