por Selene Montelongo hace 6 años
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BIBLIOGRAFÍAS:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/107522/LEYFEDERALSOBREMETROLOGIAYNORMALIZACION.pdf
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/107_221217.pdf
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/65_191216.pdf
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/77_301116.pdf
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIGIE.pdf
http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4763631&fecha=27/07/1993
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/12_250618.pdf
El cual consiste en detallar los procedimientos a seguir en los diferentes tráficos y regímenes aduaneros.
Establece que la devolución del IVA será hasta que la exportación se consume, dependiendo los términos de la legislación aduanera.
http://legislacioncomercioexteriormexico.blogspot.com/
El impuesto se calculará aplicando a los valores que señala esta Ley, la tasa del 16%. El impuesto al valor agregado en ningún caso se considerará que forma parte de dichos valores.
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/77_301116.pdf
Los puertos, terminales e instalaciones portuarias de carácter militar, destinados por el Ejecutivo Federal a la Secretaría de Marina para uso de la Armada de México, se regirán por las disposiciones aplicables en la materia.
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/65_191216.pdf
La presente Ley regirá en toda la República y sus disposiciones son de orden público e interés social. Su aplicación y vigilancia corresponde al Ejecutivo Federal.
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/107522/LEYFEDERALSOBREMETROLOGIAYNORMALIZACION.pdf