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por Gustavo Sique hace 5 años

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Ley de Educación Nacional

El texto aborda varios aspectos del sistema educativo, incluyendo el marco legal y financiero que lo sustenta. Se mencionan diferentes fuentes de financiamiento, tales como aportes económicos de municipalidades, donaciones nacionales e internacionales, y fondos obtenidos a través de cuotas y actividades de autofinanciamiento.

Ley de Educación Nacional

Gustavo Adolfo Sique Ruiz

Lcda. Brenda Borrayo

Marco Legal de la Educación

201500440

Licenciatura en Pedagogía y Planificación Curricular

Ley de Educación Nacional

Modalidades de la Educación

Educación por Madurez
Educación Acelerada para Adultos
Educación Física
Educación Bilingüe
Educación a Distancia
Educación Estética
Educación Especial
Educación Experimental
Educación Inicial

Calidad de la Educación

ARTICULO 67º. Investigación Pedagógica y Capacitación
ARTICULO 66º. Calidad de la Educación

Planeamiento y Evaluación

ARTICULO 71º. Evaluación Escolar
ARTICULO 70º. Evaluación del Sistema
ARTICULO 69º. Evaluación
ARTICULO 68º. Planeamiento

Supervisión Educativa

ARTICULO 74º. Objetivos
ARTICULO 73º. Finalidades
ARTICULO 72º. Definición

Validez de Estudios, Títulos y Diplomas

ARTICULO 77º. Diplomas y Títulos
ARTICULO 76º. Equiparación de Estudios
ARTICULO 75º. Validez de los Estudios

Programas de Apoyo

ARTICULO 84º. Texto Único
ARTICULO 83º. Autorización de Textos.
ARTICULO 82º. Textos de Autores Nacionales
ARTICULO 81º. Textos Básicos
ARTICULO 80º. Importación de Utiles
ARTICULO 79º. Utiles Escolares
ARTICULO 78º. Programas de Apoyo

Becas

Régimen Económico y Financiero

6. Otros que se obtengan de actividades de diverso financiamiento.
5. Aportes económicos de las municipalidades destinados para programas de inversión y/o funcionamiento.
4. Los fondos obtenidos por concepto de cuotas de Operación Escuela, deberán destinarse para financiar reparaciones de los centros educativos. Estos recursos serán administrados en concepto de fondo privativo, por los Comités de Finanzas de cada escuela.
3. Fondos privativos provenientes de cuentas escolares y actividades de autofinanciamiento que realizan las comunidades escolares de conformidad con el Acuerdo Gubernativo 399 del 3 de Octubre de 1968.
2. Recursos provenientes de donaciones, aportes, subvenciones y cualquier otro tipo de transferencias corrientes y de capital, que provengan de personas individuales o jurídicas, nacionales o internacionales. Las transferencia provenientes de personas individuales o jurídicas, privadas, son deducibles del impuesto sobre la Renta.
Recursos financieros no menores del 35% de los ingresos ordinarios del presupuesto general del Estado incluyendo las otras asignaciones constitucionales.

Disposiciones Generales

Enseñanza Religiosa
Generales

Disposiciones Transitorias y Finales

ARTICULO 108º. Vigencia
ARTICULO 107º. Derogatoria
ARTICULO 106º. Autorización Provisional.
ARTICULO 105º. Elaboración del Reglamento

Garantías Personales de Educación

Derechos
ARTUCULO 42º. Derechos de los Directores y Subdirectores
ARTICULO 41º. Derechos de los Educadores
ARTICULO 40º. Derechos de los Padres de Familia
ARTICULO 39º. Derechos de los Educandos
Obligaciones
ARTICULO 38º. Obligaciones de los Subdirectores
ARTICULO 37º. Obligaciones de los Directores
ARTICULO 36º. Obligaciones de los Educadores
ARTICULO 35º. Obligaciones de los Padres de Familia
ARTICULO 34º. Obligaciones de los Educandos
ARTICULO 33º. Obligaciones del Estado

Sistema Educativo Nacional

SubSistema de Educación Extra Escolar o Paralela
SubSistemas de Educación Escolar
Centros Educativos por Cooperativa
Centros educativos Privados
Centros Educativos Públicos
Centros Educativos
Comunidades Educativas
Ministerio de Educación
Nivel de Apoyo
Nivel de Asesoría y Planeamiento.
Nivel de Alta Coordinación y Ejecución
Nivel de Dirección Superior
Definición, Características, Estructura, Integración Y Función del Sistema

Fines

Promover y fomentar la educación sistemática del adulto
Promover la coeducación en todos los niveles educativos
Promover en el educando actitudes responsables y comprometidas con la defensa y desarrollo del patrimonio histórico, económico, social, étnico y cultural de la Nación
Desarrollar en el educando aptitudes y actitudes favorables para actividades de carácter físico, deportivo y estético
Desarrollar una actitud crítica e investigativa en el educando para que pueda enfrentar con eficiencia los cambios que la sociedad le presenta
Fomentar en el educando un completo sentido de la organización, responsabilidad, orden y cooperación, desarrollando su capacidad para superar sus intereses individuales en concordancia con el interés social
Capacitar e inducir al educando para que contribuya al fortalecimiento de la auténtica democracia y la independencia económica, política y cultural de Guatemala dentro de la comunidad internacional.
Promover la enseñanza sistemática de la Constitución Política de la República, el fortalecimiento de la defensa y respeto a los Derechos Humanos y a la Declaración de los Derechos del Niño
Impulsar en el educando el conocimiento de la ciencia y la tecnología moderna como medio para preservar su entorno ecológico o modificarlo planificadamente en favor del hombre y la sociedad
Formar ciudadanos con conciencia crítica de la realidad guatemalteca en función de su proceso histórico para que asumiéndola participen activa y responsablemente en la búsqueda de soluciones económicas, sociales, políticas, humanas y justas
Fortalecer en el educando, la importancia de la familia como núcleo básico social y como primera y permanente instancia educadora
Cultivar y fomentar las cualidades físicas, intelectuales, morales, espirituales y cívicas de la población, basadas en su proceso histórico y en los valores de respeto a la naturaleza y a la persona humana
Proporcionar una educación basada en principios humanos, científicos, técnicos, culturales y espirituales que formen integralmente al educando, lo preparen para el trabajo, la convivencia social y le permitan el acceso a otros niveles de vida

Principios

Es un proceso científico, humanístico, crítico, dinámico, participativo y transformador
Se define y se realiza en un entorno multilingüe, multiétnico y pluricultural en función de las comunidades que la conforman
En ser un instrumento que coadyuve a la conformación de una sociedad justa y democrática.
Está orientada al desarrollo y perfeccionamiento integral del ser humano a través de un proceso permanente, gradual y progresivo
Tiene al educando como centro y sujeto del proceso educativo
Es un derecho inherente a la persona humana y una obligación del estado
En el respeto o la dignidad de la persona humana y el cumplimiento efectivo de los Derechos Humanos

Congreso de la República de Guatemala Crea Decreto Legislativo No. 12-91