La Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada en Venezuela establece un marco legal para el enjuiciamiento de diversos delitos relacionados con la delincuencia organizada. La jurisdicción abarca tanto a sospechosos dentro del territorio nacional como a venezolanos y extranjeros que cometan delitos en el extranjero que afecten los intereses del país.
Para el enjuiciamiento de los delitos de delincuencia organizada se seguirá el
procedimiento penal establecido en el Código Orgánico Procesal Penal, con la
aplicación preferente de las siguientes disposiciones no previstas en dicho Código.
Sanciona delitos:
Contra la libertad de industria y comercio
Contra las buenas costumbres y el buen orden de la familia
Contra la administración de justicia
Contra las personas
Contra el orden público
Contra los Recursos o Materiales Estratégicos
Contra el Orden Socio Económico
C.I. 25.147.042
KATHERINE PÉREZ
Objeto
Prevenir, investigar, perseguir, tipificar y
sancionar los delitos relacionados con la delincuencia organizada, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los tratados Internacionales relacionados con la materia, suscritos y ratificados válidamente por la República
Jurisdicción
El sospechoso o investigado que se encuentre en la República Bolivariana de Venezuela y haya cometido alguno de los delitos tipificados en esta Ley
Los venezolanos o extranjeros que cometan cualquiera de los delitos tipificados
en esta Ley en país extranjero que vayan contra los intereses patrimoniales de
integridad o seguridad de la República Bolivariana de Venezuela.