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por Juan Giraldo Ortiz Diaz hace 4 años

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mapa conceptual ley 1171

La ley establece una serie de beneficios para las personas mayores de 62 años en diversos ámbitos. En el sector salud, se garantiza que las consultas médicas, odontológicas y con especialistas sean asignadas en un plazo de 48 horas y que los medicamentos formulados se entreguen a domicilio en un máximo de 72 horas si no se suministran de manera inmediata.

mapa conceptual ley 1171

Topic flotante

Beneficios a las personas adultas

CAPITULO III

Otros beneficios
Artículo 13

Fórmula de medicamentos

Cuando la Entidad Promotora de Salud no suministre de manera inmediata los medicamentos formulados a las personas mayores de 62 años, deberá garantizar su entrega en el domicilio del afiliado dentro de las 72 horas siguientes.

Artículo 12

Consultas médicas

Empresas Promotoras de Salud deberán asignar los servicios de consulta externa médica, odontológica y por médico especialista y apoyos diagnósticos a los afiliados mayores de 62 años dentro de las 48 horas siguientes

Artículo 8

Entrada gratuita

museos, bienes de interés cultural de la Nación, Distritos y Municipios, y centros culturales, permitirán el ingreso gratuito a sus instalaciones a las personas mayores de 62 años.

CAPITULO II

Tarifa diferencial

Artículo 7

Sitios turísticos

El interés turístico de acceso permitido al público que sean de propiedad del Estado, deberán establecer una tarifa diferencial que otorgue un descuento no menor del cincuenta por ciento (50%) para las personas mayores de 62 años.

Artículo 6

Operadores de turismo

Las Entidades y Empresas que reciban recursos del Estado para desarrollar actividades de hotelería y turismo, deberán establecer con destino a las personas mayores de 62 años, tarifas diferenciales con descuentos en los servicios que ofrezcan.

CAPITULO I

Beneficios económicos
encontramos

Artículo 3

Descuentos en espectáculos

A personas mayores de 62años gozaran de un descuento del 50% en la boleteria para espectculos publicos, culturales, deportivos, artisticos y recreacionales.

LEY 1171 DE 2007