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por guillermo pinzon hace 11 años

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La educación es reconocida como un derecho fundamental, especialmente cuando se trata de menores de edad, debido a su relación con otros derechos esenciales como la igualdad de acceso, la no discriminación, y la libertad de desarrollo personal.

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Obligaciones de cumplimiento progresivo

Tienen parámetros distintos de medición del grado de cumplimiento del Estado

* Obligaciones de Efecto Inmediato

c. Obligación de Proveer recursos judiciales y otros recursos efectivos

b. Obligación de producir y publicitar información

a. Obligación de adecuar el marco legal

EDUCACIÓN COMO:

¿CÓMO GARANTIZAR ESTE DERECHO?

Actores
El Estado

Sus obligaciones son

Aceptabilidad

Adaptabilidad

Accesibilidad

Asequibilidad

* Educandos * Padres o Tutores del Educando * Planteles Educativos
Segun Grado de Responsabilidad
1. El obligado a la realización de este derecho es la persona misma 2. El Estado asume obligaciones de protección, para no vulnerar este derecho 3. El estado asume la obligación de facilitar. "Obligaciones de cumplimiento.

SERVICIO PÚBLICO

Fines Generales
* Servicio a la comunidad * Busqueda del bienestar general * Distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo * Elevación de la calidad de vida de la población
Principios
* Eficiencia * Continuidad * Calidad
Así la definio la Constitución Política de Colombia:

3. Sentencia T 380 de 1004 y

artículo 1 del decreto 753 de 1056

Actividad organizada que tiende a satisfacer necesidades de interés general en forma regular y continua de acuerdo con un régimen jurídico especial, bien sea que se realize por el Estado, directa o indirectamente o por personas primitivas.

DERECHO FUNDAMENTAL

Nucleo Esencial
El derecho a la educación no es absoluto y puede estar sujeto a regulación.

Corte Constitucional Jurisprudencia

Derechos que la Conforman

* Disponibilidad * Acceso * Pertenencia * Calidad * Libertad

En el caso del derecho a la educación, no es posible negar injustificadamente el acceso y la permanencia en el sistema educativo a una persona.

2. Sentencia T-944 de 2000

Unica autoridad con capacidad para limitar el derecho es el Legislador

Instrumentos Internacionales

* Protocolo de San Salvador

Artículo 5. Alcance de las restricciones y limitaciones

* Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y culturales

Su objeto fundamental es proteger los derechos individuales, no la indulgencia ante la imposición de limitaciones por parte del Estado

1. Comite de Derechos Económicos, Sociales y Culturale. Observación General 13. Párrafo 42

Adquiere carácter fundamental
Por su conexidad con otros derechos fundamentales como:

*Igualdad de acceso *Discrimincación por una institución educativa *Reprimir el derecho al libre desarrollo *Derecho de participación *Derecho de defensa *Derecho a la integridad personal

Cuando su titular es un menor de edad