La Resolución Número 00912 de 2009 establece directrices para la planeación y organización del servicio policial, abarcando varios aspectos esenciales. Un componente clave es el Centro Automático de Despacho (
ARTÍCULO 134. CONFORMACIÓN: Al comité de vigilancia asistirán, de acuerdo al nivel de la unidad, los siguientes:
15. Comandantes de los grupos de operaciones especiales según el caso.
14. Jefe Fuerza Disponible.
13. Jefe Policía de Turismo
12. Jefe Policía Ambiental y Ecológica.
11. Coordinación Policía Comunitaria
10. Jefe Policía de Infancia y Adolescencia.
9. Jefe del Centro Investigaciones Criminológicas.
8. Jefe Seccional de Tránsito y Transporte.
7. Jefe Seccional de Inteligencia Policial.
6 Jefe Seccional de Investigación Criminal.
5 Comandantes de Comandos de Atención Inmediata, CAI.
4 Comandante y Subcomandante de Estación y Subestación de Policía.
3 Comandante de Distrito.
2 Comandante Operativo de Seguridad Ciudadana.
1 Comandante y subcomandante de la Policía Metropolitana o Departamento de Policía.
ARTÍCULO 133. COMITÉ DE VIGILANCIA: Reunión operativa policial con participación del personal uniformado en todas las categorías, con el fin de analizar las estadísticas y la problemática delincuencial y contravencional
ARTÍCULO 132. CONFORMACIÓN: EL CENTRO AUTOMÁTICO DE DESPACHO ESTARÁ CONFORMADO POR:
Funcionarios policiales encargados de la recepción de las llamadas de los ciudadanos.
Funcionarios policiales encargados de las redes de apoyo.
Funcionarios policiales encargados de monitorear las cámaras.
Radioperadores.
Jefe de turno.
Jefe del Centro de Despacho
ARTÍCULO 131. CENTRO AUTOMÁTICO DE DESPACHO “CAD”: Encargado de desarrollar el proceso de atención de los diferentes motivos de policía través de la recepción de información por las líneas y números de emergencia
ARTÍCULO 130. CONFORMACIÓN: El Centro de Información Estratégica Policial Seccional, CIEPS, estará conformado por:
Funcionario policial encargado de medios técnicos y tecnológicos.
Funcionario policial encargado del SIGEP.
Funcionario policial encargado de la actualización de la información cartográfica y del Reporte de las novedades.
Jefe del CIEPS
ARTÍCULO 129. ALCANCE DE LOS CIEPS: Son fundamentales para determinar y orientar los planes de seguridad hacia la prevención y disminución de los delitos.
ARTÍCULO 128. CENTRO DE INFORMACIÓN ESTRATÉGICA POLICIAL SECCIONAL (CIEPS): Encargada de alimentar y mantener actualizadas las bases de datos cartográficos y del SIGEP.
ARTÍCULO 127. ÁREA DE INFORMACIÓN ESTRATÉGICA POLICIAL (AINPO): Encargada de brindar apoyo integral, sistemático y efectivo a la Dirección General.
ARTÍCULO 126. IMPLEMENTACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LOS PLANES DE SEGURIDAD: Corresponde a las autoridades de Policía y se desarrolla de manera conjunta a través de las Secretarías de Gobierno de los departamentos y municipios.
ARTÍCULO 125. ASPECTOS A TENER EN CUENTA EN LA ELABORACIÓN DE LOS PLANES DE SEGURIDAD CIUDADANA: Estar fundamentada en el reconocimiento de los factores generadores de violencia y en información sobre los fenómenos delincuenciales propios de cada departamento y/o municipio.
Los análisis de información: Requieren ser intersectoriales debido a la multicausalidad de la violencia y el delito.
La información objetiva y sistematizada: Se requiere para la elaboración de los planes de seguridad debe contemplar datos sobre la delictividad y criminalidad de cada jurisdicción.
ARTÍCULO 124. PLAN DE SEGURIDAD CIUDADANA: Acciones para desarticular la delincuencia y contrarrestar los hechos de violencia.
ARTÍCULO 123. DEFINCIÓN DE PLAN EN EL MARCO DEL SERVICIO DE POLICÍA: Es aquel que logra elaborar un excelente análisis de una situación y en consecuencia permite que la ruta elegida sea la más adecuada para la prestación de
ARTÍCULO 122. MEMORIA LOCAL Y TOPOGRÁFICA: documento que sirve de insumo para la planeación y organización del servicio de policía.
ARTÍCULO 121. PLANEACIÓN DEL SERVICIO: Cada jefe de unidad presenta su plan de acción adecuado a sus necesidades y metas.