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por Natalia Michel Sanchez Villafaña hace 5 años

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SENTENCIA T-735/14

En este caso, se aborda la situación legal del señor José Mauricio Uribe Calderón, quien fue sometido a medidas de aseguramiento en un centro carcelario a pesar de contar con una prueba de interdicción judicial presentada por su guardadora principal, Lesbia Rosa.

SENTENCIA T-735/14

SENTENCIA T-735/14

ELEMENTOS DE CONFIGURACIÓN DE PROCEDENCIA DEL HABEAS CORPUS

III. Existía un recurso más eficaz que la acción de tutela para resolver la presunta vulneración de derechos fundamentales de quien se encuentra privado de la libertad.
II. Esta Corporación ha señalado que esta garantía constitucional se activa como una forma de proteger no sólo el derecho a la libertad personal, sino cualquier derecho fundamental de la persona privada de la libertad de manera arbitraria o ilegal
I. La Corte considera que incluso en la hipótesis de que se hubiera querido evitar un perjuicio irremediable la defensa del señor Uribe Calderón debió haber presentado el recurso de habeas corpus.

PROBLEMA JURIDICO

¿se incurre en la vulneración de los derechos fundamentales del señor José Mauricio Uribe Calderón, al dictarle medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento carcelario, a pesar de la prueba de interdicción judicial aportada por la tutelante.?

HECHOS

5) El Juzgado Primero Promiscuo Municipal en descongestión con Funciones de Conocimiento de Floridablanca mediante sentencia interpone 36 meses de prisión como autor del delito de hurto calificado y agravado he inhabilidad para ejercer derechos y funciones públicas por el mismo tiempo.
4) La Sra. Lesbia señala que en las audiencias preliminares hace saber a las autoridades de la discapacidad mental de su hermano y que aunque no se le fue posible allegar la sentencia presenta un pantallazo de la rama judicial que hacía referencia al proceso de interdicción. A pesar de esto la fiscalía ni el juez de control tienen en cuenta la solicitud y fue remitido a la cárcel.
3) En noviembre de 2013 fue capturado nuevamente por hurto calificado y agravado motivo por el cual se encuentra recluido en el patio # 4 de la Cárcel Modelo de Bucaramanga.
2) En Septiembre de 2012 el Sr Uribe fue capturado por los delitos de hurto y porte ilegal de armas y condenado a 36 meses de prisión domiciliaria.
1) La Sra. Lesbia Rosa en su calidad de guardadora principal de José Uribe (Su hermano) tras un proceso declarativo de interdicción como agente oficioso presenta una acción de tutela contra una procedencia judicial.