por Jesus Emanuel Sandoval Gomez hace 6 meses
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Significa que el juicio de amparo solo otorga su protección al caso particular que haya dado lugar al juicio, es decir, al quejoso que instauró la demanda de amparo y respecto de la norma, acto u omisión de autoridad que constituyó materia del juicio, sin que la sentencia pueda tener efectos generales