En la antigua Roma, el proceso judicial se estructuraba en un sistema que combinaba elementos de justicia arbitral y estatal. El magistrado tenía el poder de obligar al demandado a comparecer mediante la '
LAS PARTES CONVIENEN SOMETER
SUS DIFERENCIAS ANTE UN JUEZ EN
LOS TÉRMINOS QUE SE PRECISAN
EN LA FÓRMULA
CONTRATO FORMAL BAJO EL CONTROL
DEL MAGISTRADO
OÍDAS LAS PARTES EL MAGISTRADO
CONCEDÍA O DENEGABA LA ACCIÓN.
SI LA CONCEDÍA, ENTREGABA LA
FÓRMULA AL DEMANDANTE
SI POR ALGÚN INCIDENTE EL
PROCEDIMIENTO INJURE NO
TERMINABA, NECESARIAMENTE
SE DESEMBOCABA EN PROCESO
EN LITIS CONTESTATIO
EL PRETOR ENTREGA LA
FÓRMULA AL DEMANDADO
Y ÉSTA LA ACEPTA
FUE LA LEY AEBUTIA (130 A.C.) LA QUE INTRODUJO NUEVO PROCEDIMIENTO AL LADO DE LAS ANTIGUAS ACCIONES DE LA LEY
EL DEMANDADO A SU VEZ
CONTESTA A LA DEMANDA
DE SU ADVERSARIO Y SE
OPONÍA A LA FÓRMULA
ANTE EL MAGISTRADO EL
DEMANDANTE PRESENTA
SU DEMANDA "EDITIO
ACTIONIS". PODÍA
INTERROGAR, DIFERIR EL
JURAMENTO DEL OTRO Y
PEDIR UNA FÓRMULA AL
MAGISTRADO
EL DEMANDANTE POR MEDIO DE LA
"IN JUS VOCATIO" OBLIGABA AL
DEMANDADO A PRESENTARSE ANTE
EL MAGISTRADO Y SE SE RESISTÍA
LO LLEVABA A LA FUERZA
2. "IN JUDICIO"
ANTE EL JUEZ
1. "IN JURE"
ANTE EL PRETOR
CONSTABA DE DOS ETAPAS
EL JUICIO
LOS JUECES PODÍAN CONCEDER
ACCIONES QUE NO ESTABAN
AMPARADAS EN EL D° ESTRICTO
EXISTÍAN CASOS DE LEGIS
EL PRETOR POR PROPIO
IMPERIO, SIN QUE MEDIARA
DECLARABA LA RESOLUCIÓN
LITIS CONTESTATIO
CARACTERÍSTICAS
ÉPOCA CLÁSICA I AL III SIGLO
DE LA ERA CRISTIANA
COMBINA JUSTICIA ARBITRAL
CON LA JUSTICIA ESTATAL
ACCIONES
PENALES Y REIPERSECUTORIAS
LAS PENALES SUPONEN UN PAGO DE
UNA PENA. LAS REIPERSECUTORIAS
SUPONEN EL PAGO DE UNA DEUDA.
JUNTAS ESTABLECEN UN EQUILIBRIO
ENTRE EL PATRIMONIO ACREEDOR Y
EL DEUDOR
STRICTI JURIS
LA FÓRMULA FIJA AL JUEZ UNA
CUESTIÓN CIVIL, A LA QUE ESTÁ
ESTRICTAMENTE CEÑIDO, SIN
CONSIDERAR NINGUNA...
CIRCUNSTANCIA DE EQUIDAD
NOXALES
DELITOS COMETIDOS POR LOS HIJOS BAJO POTESTAD A LOS ESCLAVOS, COMO CUANDO COMETIESEN HURTO O INJURIA
ARBITRARIAS
JUEZ TIENE LA FACULTAD
DE CONDENAR
SISTEMA EXTRAORDINARIO O
COGNITIVO EXTRAORDINARIO
FORMA PARTE DE LA ORDENACIÓN DE LOS
JUICIOS PRIVADOS