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por Laura Ortiz hace 3 años

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Sociedad colectiva

En este tipo de sociedad, se requiere un mínimo de dos socios, pero no hay un límite máximo para ellos. Los socios pueden ser capitalistas, quienes aportan tanto trabajo como capital, o industriales, que contribuyen únicamente con su trabajo personal.

Sociedad colectiva

Sociedad colectiva

Requiere revisor fiscal

Activos brutos de cada 31 de Dic del año anterior son iguales o superiores a 5 mil SMLV
Ingresos brutos del año superiores o iguales a 3 mil SMLV

Sustento constitucional

Código de comercio

Pago de capital

Pagado

Organos que administran

Junta de socios
Representante legal

Forma de constitución

Escritura publica

Tipo de socieda

Comercial

Responsabilidad social

Todos los socios responden de forma ilimitada

Capital social

No hay capital mínimo legal

Clases de socios

Industriales=aportan trabajo personal
Capitalistas=trabajo+capital

Numero de socios

Máximo ilimitado
Mínimos 2

Nombre

Solo apellido+compañia
Nombre completo

Clase de sociedad

Personalista