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por Yadir Anthony hace 4 años

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TITULO EJECUTIVO

El proceso de ejecución se centra en la obligatoriedad de cumplir con derechos previamente reconocidos en títulos ejecutivos. Estos documentos pueden incluir transacciones extrajudiciales, resoluciones judiciales firmes, y testimonios de escrituras públicas, entre otros.

TITULO EJECUTIVO

TITULO EJECUTIVO

Testimonio de escritura pública

Considera al testimonio de escritura pública como título ejecutivo.

Documento impago de renta por arrendamiento

Documento privado que contenga transacción extrajudicial

Contiene pretensiones patrimoniales y exige reciprocidad en ellas

Reconocimiento y absolución de posiciones provenientes de prueba anticipada

La constancia de inscripción y titularidad expedida por la institución de compensación y liquidación de valores

Los títulos valores

Representan o incorporan derechos patrimoniales

El acta conciliatoria

Contiene la manifestación de voluntad de las partes

Los laudos arbitrales

Los laudos arbitrales firmes también constituyen títulos de ejecución.

Las resoluciones judiciales firmes

Decisiones susceptibles de ejecución

EL TÍTULO EJECUTIVO EN EL PROCESO DE EJECUCIÓN DE GARANTÍAS

Tratándose de bien registrado se anexará el respectivo certificado de gravamen
No será necesaria la presentación de nueva tasación si las partes han convenido el valor actualizado de la misma.
Si el bien fuere inmueble, debe presentarse documento que contenga tasación comercial. Si el bien fuere mueble, debe presentarse similar documentos de tasación, la que, atendiendo a la naturaleza del bien, debe ser efectuada por dos peritos especializados, con sus firmas legalizadas.
El ejecutante anexará a su demanda el documento que contiene la garantía, y el estado de cuenta del saldo deudor.
Tienen que cumplir con las formalidades que la ley prescribe y la obligación garantizada se encuentre contenida en el mismo documento o en cualquier otro título ejecutivo.

TRÁMITE DEL PROCESO ÚNICO DE EJECUCIÓN

El Juez resolverá mediante un auto
El ejecutante deberá absolverla dentro de tres días proponiendo los medios probatorios pertinentes.
En el proceso único de ejecución, si hay contradicción y/o excepciones procesales o defensas previas, se concede traslado al ejecutante

DEFINICIÓN

El proceso único de ejecución tiene como fin que se cumpla con un derecho que ya ha sido reconocido en un título ejecutivo, a diferencia del proceso cognitivo o de conocimiento, en el que se persigue la constitución, declaración o extinción de una relación jurídica.

LAS CAUSALES DE CONTRADICCIÓN

Las causales para contradecir la demanda ejecutiva son taxativas. Así, la contradicción sólo podrá fundarse según la naturaleza del título en:
Excepciones y defensas previas
La extinción de la obligación exigida
Nulidad formal o falsedad del título; o, cuando siendo éste un título valor emitido en forma incompleta
Inexigibilidad o iliquidez de la obligación contenida en el título.