jonka johana ortiz 8 vuotta sitten
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ASUNTO DE TRASCENDENCIA NACIONAL DEPARTAMENTAL, MUNICIPAL, LOCAL O DISTRITAL.
PRONUNCIAMIENTO DEL PUEBLO CONVOCADO POR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.
CIUDADANOS DAN POR TERMINADO UN DERECHO CONCEDIDO A UN GOBERNANTE O ALCALDE
Subtema
CONVOCA AL PRUEBO PARA APROBAR O RECHAZAR UN PROYECTO (LEY ORDINARIA, ACTO LEGISLATIVO, ACUERDO,RESOLUCIÓN LOCAL)
DEROGATORIO: SOMETIMIENTO PARCIAL O TOTAL
APROBATORIO: SOMETIMIENTO PARCIAL O TOTAL QUE NO HAY SIDO ADOPTADO POR LA CORPORACIÓN PÚBLICA CORRESPONDIENTE
DERECHO POLÍTICO DE UN GRUPO DE CIUDADANOS
LEGISLATIVO
1. LEYES O ACTOS LEGISLATIVOS QUE SÓLO COMPETEN AL CONGRESO DE LA REPUBLICA.
NORMATIVO
1. EXPEDIDAS POR CORPORACIONES PÚBLICAS DE ORDEN TERRITORIAL. 2. ASAMBLEAS DEPARTAMENTALES. 3. CONSEJOS MUNICIPALES Y DISTRITALES.