A TRAVES DE LA BIOETICA

Declaracion de Ginebra

Historia

Adoptada por la Asamblea General de la Asociación Médica Mundial, Ginebra, Suiza, setiembre de 1948, y enmendada por la 22ª Asamblea Médica Mundial, Sydney, Australia, agosto de 1968.

Promesa Medica

Consagrar mi vida al servicio de la humanidad

Otorgar a mis maestros respeto, gratitud y consideraciones

Ejercer mi profesión dignamente y a conciencia

Velar por la salud de mi paciente y respetar los secretos a mí confiados

GUARDAR Y RESPETAR los secretos a mí confiados, aun después que un paciente haya muerto

Considerar como hermanos a mis colegas

Hacer caso omiso de credos políticos y religiosos, nacionalidades, razas, rangos sociales

Velar con el máximo respeto por la vida humana desde su comienzo

Declaracion de Bioetica de Gijon 2000

Considereaciones

- la Declaración Universal de los Derechos Humanos proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948,

- la Declaración Universal de la UNESCO sobre el Genoma Humano y los Derechos del Hombre del 11 de noviembre de 1997,

- la Convención de Asturias de los Derechos Humanos y la Biomedicina del Consejo de Europa del 4 de abril de 1997.

Recomendaciones

Bioetica al Servicio de la Humanidad, paises desarrollados al servicio de los menos favorecidos.

Pluridisciplinar, ciencias biomédicas en armonía, y sus tecnologías con los derechos humanos.

Bioética como parte del sistema educativo

Acceso a información, adecuada sobre avances científicos, biotecnologías y sus productos.

Propiciar y estimular el debate a fin de orientar las opiniones

Garantizar la autonomía de la personas

Derecho a la mejor asistencia médica posible

Debe prohibirse el comercio de órganos humanos.

Los sujetos de los ensayos deberán otorgar su consentimiento libre y plenamente informado.

Codigo de Nuremberg

Principios básicos en experimentos Médicos permitidos

El consentimiento voluntario del sujeto humano es absolutamente esencial.

Debe basarse en los resultados obtenidos mediante experimentación previa con animales

Debe ser conducido de manera que evite todo sufrimiento o daño fisico o mental.

Se debe tomar las precauciones adecuadas y disponer de instalaciones para proteger al sujeto implicado.

No debe realizarse experimento alguno cuando hay una razón a priori para suponer que puede ocurrir la muerte o una lesión
irreparable.

Excepto en los casos que los médicos investigadores son sujetos de experimentacion.

El riesgo tomado no debe exceder nunca el determinado

Debe ser conducido por personas científicamente certificadas.

Con finalidad de obtener resultados fructiferos

Par a el bien de la sociedad que no sean asequibles mediante otros medios de estudio.

El sujeto humano deber tener la libertad de poder finalizarlo si llega a un estado físico o mental donde le parece imposible.

El científico debe estar preparado para finalizarlo en cualquier fase si el considera necesario.

INTEGRANTES:

DRA. SUGEI SARA DEL CARMEN AREVALO LANDAVERDE
LICDA ROXANA NATALY PALOMEQUE BERRIOS
LIC YOHALMO ENRIQUE RESULEO LARIN
DRA. FATIMA DEL MILAGRO QUEVEDO FLORES LICDA ANA PATRICIA PORTAN DE HERNANDEZ DR JOSE HUMBERTO MARMOL