Acuerdo 078 del 29 de Marzo de 2022
Capitulo 1
Definición y propósito
Articulo 1. Definición. Conjunto de normas y lineamientos estipulados por la escuela o programa, regula las condiciones y actividad del componente practico.
Articulo 2. Propósito. Establecer condiciones y disposiciones que orientan el desarrollo de actividades de las practicas pedagógicas
Capítulo III
Aspectos Curriculares de la Ruta Formativa de Práctica Pedagógica y Educativa
Articulo 8. Prerrequisitos. Se encuentran definidos en los documentos maestros del programa.
Articulo 9. Matricula de Cursos. Los cursos se deben matricular respetando los prerrequisitos del plan de estudio y su orden.
Articulo 10. De los cursos de la Ruta Formativa de Práctica Pedagógica y Educativa. Hacen parte de la ruta formativa que se ofertan en los periodos de 16 semanas de acuerdo con las necesidades del servicio.
Articulo 11. Homologación de los cursos de la ruta formativa de Práctica Pedagógica. Dependiendo de los cursos, el consejo de escuela determina los cursos susceptibles a ho9molgicacion por cada licenciatura.
Artículo 12. La exper5icneia laboral docente no se tiene en cuenta en los estudios de homologación como la práctica.
Artículo 13. Las actividades se desarrollan obligatoriamente en el escenario de practica definido y asignado.
Capítulo V
Definición de la Red Académica de las Prácticas Pedagógicas y Educativas
Artículo 15. Son Actores de la Red Académica de las Prácticas Pedagógicas y Educativas.
1. Líder Nacional del Programa.
2. Equipo Nacional de Prácticas Pedagógicas y Educativas
3. Directores de Curso
4. Docente de Acompañamiento de Práctica
5. Red de Cursos
Capitulo VII
Seguimiento y Evaluación de la Práctica Pedagógica y Educativa
Artículo 18. Evaluación del Aprendizaje. Dimensión sinérgica de las diferentes metodologías del modelo pedagógico Unadista. Tiene como propósito verificar el nivel de competencia del estudiante.
Artículo 19. Evaluación de la Práctica Pedagógica y Evaluativa. Los criterios de evaluación estarán sujetos al desempeño del estudiante en el desarrollo de las actividades el curso y el cumplimiento de las actividades de escenario de práctica.
Articulo 20. Causales de Reprobación del curso de Prácticas Pedagógicas y Educativas.
1. Omitir procedimiento de asignación
2. Incumplir con los tiempos establecidos
3. Cambiar de escenario sin justificación ni autorización
4. Incurrir faltas que atenten contra los estatutos o reglamentos internos de la universidad.
5. Ser retirado por directivas y docentes por mal comportamiento.
Capítulo II
Generalidades y Definiciones
Articulo 3. Componente Práctico. Forma parte de la construcción curricular de los programas del sistema de Educación superior y para el trabajo y desarrollo humano, agrupa estrategias, planifica y organiza el escenario en los multicontextos.
Articulo 4. Practica Pedagógica y Educativa. Estrategia que articula saber y prácticas del quehacer docente en los diversos contextos, promueve la compresión, diversidad y otros.
Articulo 5. Naturaleza y Oferta de los Cursos del Componente Práctico. Ruta formativa de práctica, conformada por cursos prácticos y metodológicos.
Articulo 6. Docente en Formación. Se entiende a la persona inscrita formalmente en un programa académico de licenciatura, con el propósito de adquirir competencias, estándares y resultados de su profesión docente.
Artículo 7. Ruta Formativa de Práctica Pedagógica y Educativa. Ruta curricular que cuenta con los cursos del componente práctico.
Capítulo IV
Principios de Actuación del Docente en Formación en la Práctica Pedagógica y Educativa
Articulo 14. Son Principios de actuación de la practica pedagógica educativa.
1. Integralidad de la práctica pedagógica docente.
2. Dialogicidad entre los actores educativos.
3. Promoción de entornos protectores.
4. Respeto por las diferencias.
5. Excelencia en el Servicio.
Capítulo VI
Seminario Pre Práctica
Artículo 16. Asignación de Escenario de Prácticas Pedagógicas y Educativas. Estará a cargo del equipo de prácticas pedagógicas y educativas en cabeza del liderazgo nacional.
Artículo 17. Seminario Pre Práctica. Se desarrolla en el periodo previo al inicio de la ruta de la práctica propiciando una reflexión sobre el ejercicio.
Capitulo VII
Deberes y Derechos de los Docentes en Formación de las Licenciaturas en el Desarrollo de su Practica Pedagógica y Educativa
1. Leer el reglamento estudiantil
2. Leer y comprender el documento lineal de prácticas pedagógicas
3. Asumir con responsabilidad el procedimiento de las prácticas pedagógicas
4. Estar afiliado a EPS o SISBEN
5. Planear y disponer tiempo suficiente para cumplir y desarrollar actividades.
6. Mantener comunicación asertiva y pertinente.
7. Asumir una adecuada presentación personal
8. Cumplir horarios de entrega
9. Conocer y acarar los lineamientos institucionales
10. Cumplir con las actividades establecidas en el plan de trabajo
11. Cumplir con las horas de prácticas y actividades
12. Preparar las sesiones de observación e intervención y otros
13. Participar de manera activa en las sesiones
14. Informar al líder de la zona cambios por situaciones especiales
15. Informar oportunamente al responsable en caso de ausencia
16. Informar oportunamente el director si se está en estado de embarazo
17. Acatar con responsabilidad y compromiso los lineamientos de matricula
18. Ejercer las practicas con respeto
Articulo 22. Derechos de los Docentes en Formación. Son derechos de los docentes en formación
1. Los consagrados en el reglamento estudiantil de la UNAD
2. SE debe atende adecuadamente el seminario de pre practica y contar con asignación de escenario de practica de acuerdo con las necesidades.
3. Regir acompañamiento docente que permita afianzar la práctica y los procesos educativos fortaleciendo habilidades y competencias.
4. Recibir inducción del desarrollo de la práctica.
5. Recibir acompañamiento de la red académica de prácticas pedagógicas y educativas.
6. Valorar y respetar todo espacio académico.
7. Estar afiliado a ARL por parte de su escenario de práctica
8. Recibir certificación del ejercicio práctico para reconocerse como experiencia profesional.