Articulo 151 de la ley 393 Servicio Financiero
I. Tipos de entidades financieras
a) Entidades financieras del Estado o con participación mayoritaria del Estado
1. Banco de Desarrollo Productivo.
2. Banco Público.
3. Entidad Financiera Pública de Desarrollo.
b) Entidades de intermediación financiera privadas
1. Banco de Desarrollo Privado.
2. Banco Múltiple.
3. Banco PYME.
4. Cooperativa de Ahorro y Crédito.
5. Entidad Financiera de Vivienda.
6. Institución Financiera de Desarrollo.
7. Entidad Financiera Comunal.
c) Empresas de servicios financieros complementarios
1. Empresas de arrendamiento financiero.
2. Empresas de factoraje.
3. Almacenes generales de depósito.
4. Cámaras de compensación y liquidación.
5. Burós de información.Subtopic
6. Empresas transportadoras de material monetario y valores.
7. Empresas administradoras de tarjetas electrónicas.
8. Casas de Cambio.
9. Empresas de servicios de pago móvil.
Banco de desarrollo productivo S.A.M.
Banco visa S.A. (Multiple)
Banco fassil S.A.
Bnaco economico S .A.
Banco Unión
Banco ganadero S.A.
Banco PYME de la comunidad S.A.
Banco PYME Ecofuturo S.A.
Cooperativa de Ahorro y Crédito abierta "cacef" R.L.
II. No podrán constituirse entidades financieras distintas a los tipos mencionados
Salvo de empresas de servicios complementarios que ASFI incorpore al amparo del parágrafo III.
III. La palabra "BANCO" en idioma castellano como nombre o razón social de una entidad financiera.
Bancos de desarrollo
Banco público
Los bancos múltiples
Ninguna otra entidad financiera podrá utilizar dicha denominación
Bancos PYME
Tiene por objetivo regular las actividades de intermediación financiero y la presentación de los servicios financieros, como la organización y funcionamiento de las entidades financieras y prestadoras de servicios financieros.
IV. Las entidades financieras podrán compartir locales para la prestación de sus servicios.
incluso mediante contratos de ventanilla y arrendamiento de espacios
Estos contratos deben ser puestos en conocimiento de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero - ASFI para resguardar las exigencias de control y de seguridad.