. El proyecto de cambios a las normas de atestiguamiento mexicanas, aunque en
su esencia mantendrá el fondo que actualmente tiene incluye pronunciamientos
sustantivos tendientes a incorporar requerimientos más amplios y específicos en
temas relevantes como: evaluación de aceptación y continuidad de proyectos, ética
profesional, control de calidad, planeación, documentación de los trabajos, emisión
de los informes, etc
Se propone emitir una serie de normas de atestiguamiento más completas, mejor estructuradas y con conceptos alineados a los cambios que en años recientes se han realizado a otros pronunciamientos normativos aplicables a nuestra profesión
Los informes de atestiguamiento que actualmente se emiten, no incluyen divulgaciones y procesos relevantes que lleva a cabo el contador público que suscribe el informe de que se trate, los cuales son importantes para identificar y
delimitar sus responsabilidades y las de las entidades que contratan sus servicios
Se propone emitir una serie de normas de atestiguamiento más completas, mejor estructuradas y con conceptos alineados a los cambios que en años recientes se han realizado a otros pronunciamientos normativos aplicables a nuestra profesión
Los informes de atestiguamiento que actualmente se emiten, no incluyen divulgaciones y procesos relevantes que lleva a cabo el contador público que suscribe el informe de que se trate, los cuales son importantes para identificar y
delimitar sus responsabilidades y las de las entidades que contratan sus servicios
Es probable que surjan inquietudes derivadas de los cambios propuestos, en relación con los informes que actualmente se utilizan en trabajos sustentados en normas de atestiguamiento, los cuales están vinculados a informes que se
presentan ante órganos o autoridades gubernamentales (IMSS, INFONAVIT,
Gobiernos Estatales, Secretaría de la Función Pública, etc.); sin embargo, debemos
considerar que las propias entidades mencionadas han establecido los modelos de
informes a los que deben apegarse los miembros de la profesión organizada que
realicen tales trabajos, es decir, con modificaciones o sin modificaciones a las
normas de atestiguamiento, los modelos mencionados no necesariamente serán
modificados por los reguladores o autoridades que los han dado a conocer y que