CONVENCIÓN EUROPEA SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS Y LAS LIBERTADES FUNDAMENTALES

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ALTAGRACIA PÉREZ MAGAÑA

1. ANTECEDENTES

Con el propósito de proteger los derechos humanos de las personas residentes de los Estados europeos, fue adoptado por el Consejo de Europa el 4 de noviembre del año 1950, y su vigencia comenzó en el año 1953.

La Convención Europea toma como modelo la Declaración Universal de Derechos Humanos.

2. CARTA SOCIAL EUROPEA Y SUS MECANISMOS DE PROTECCIÓN

Es importante destacar que es el tratado internacional más completo y protector en materia de derechos sociales.

La jurisprudencia emitida por el Comité Europeo de derechos sociales, ha afianzado los mecanismos de control sobre este instrumento. El sistema de informes y el de reclamaciones colectivas,contribuyen a su objeto.

3. COMITÉ EUROPEO

Como parte de la tutela efectiva de los derechos humanos, este Comité ha reiterado que la Carta Social contiene obligaciones legítimas y no meras declaraciones programáticas.

7. JURISPRUDENCIA

El Tribunal Europeo cumple una importante función al ser intérprete del Convenio y sus protocolos, ya que de esta manera se encuentra el sentido y alcance de los derechos reconocidos en el instrumento, adaptándose a nuevas necesidades y contextos.

6. DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO

Investiga aquellas reclamaciones a causa de malas gestiones de las instituciones, y organismos de la Unión Europea.

Los ciudadanos, residentes, empresas y organizaciones cuyo domicilio se encuentre en un Estado miembro, tienen aptitud para presentar una reclamación.

5. TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA

Unifica la interpretación y aplicación de la legislación de la Unión Europea, a efecto de garantizar una correcta tutela de derechos.

El Tribunal General se conforma por al menos un Juez por cada Estado miembro, y son nombrados por su Gobierno, previa consulta de un comité encargado de emitir un dictamen sobre la idoneidad de los candidatos.

4. TRIBUNAL EUROPEO

También conocido como Tribunal de Estrasburgo, tiene la encomienda de conocer de posibles violaciones a derechos humanos contenidos en el Convenio Europeo de Protección de los Derechos Humanos y sus Protocolos, y, en su caso, enjuiciarlos.