Puesto que
Tiene
Se encarga
Debe

DERECHOS, OBLIGACIONES Y DEBERES DEL PSICOLOGO

Ley 1090 de 2006

Ley 1090 de 2006

Deberes del psicologo

(Articulo 33) frente a los usuarios

articulo 34

con los colegas y otros profesionales

(articulo 37) El psicólogo no desacreditará a colegas u otros profesionales

(articulo 38) no podrá intervenir en un procedimiento ya iniciado sin la previa comprobación del usuario

(articulo 40) el psicólogo no deberá otorgar participación económica por la remisión a su consultorio.

Derechos del psicologo

Obligaciones del psicologo

Articulo 10

recibir protección especial que garantice su integridad

ser respetado

articulo 9

ejercer la profesión dentro del marco de las normas de etica vigentes

proponer innovaciones, mejoras sociales y en salud

llevar registro de las historias clinicas

respetar los principios y valores que sustentan las normas de la ética

llevar completa reserva sobre la persona

solicitud voluntaria de los servicios profesionales

atención en caso de urgencia

solicitud de tercero con consentimiento del segundo

cumplimiento de un deber legal