El contrato.
La confluencia de dos declaraciones de voluntad, provenientes de dos personas o más.
Un acuerdo de voluntades para construir, modificar o extinguir entre la partes una relación patrimonial.
Instrumento esencial para el intercambio de bienes y servicios, con fin a las necesidades individuales.
Clasifica
Unilaterales y bilaterales
Los contratos que obliga a una de las partes.
Los contratos que obliga ambas partes.
Libre discusión y de adhesión
Cuando las partes convienen en el contenido del contrato y se ponen de acuerdo en las cláusulas
La venta de una finca
Cuando una de las partes determina el contenido o cláusulas y la otra parte se limita aceptar el contrato
Contratos en relaciones con el consumo.
Contratos típicos y atípicos
La ley que regula la compraventa
Los que no han sido objeto de reglamnetación legal
Gratuitos de beneficencia y onerosos
Mutuo sin interés.
Compraventa, arrendamiento, etc.
Ejecución instantánea y ejecución sucesiva
Compraventa
Seguro, arrendamiento, etc.
Consensuales, reales y solemnes .
Perfeccionan y nacen al mundo del derecho por el acuwrdo de volutandes
Contratos civiles y mercantiles.
Los que se declaran ante funcionarios el legislador del contrato lo establece.
La venta de inmuebles
Los que se exigen para ser existentes
El comodato, el suministro y el depósito.
Contratos de consumo.
Aquellos que se fundamenta la relación jurídica de consumo además no es particular o específico.
Negocio Jurídico
Una declaración de voluntad
Elementos
Esenciales, de validez y licitud
Generales y particulares.
Voluntad, capacidad, objeto y causa
Voluntad lícita, real, libre y sin vicios, capacidad de ejercicio, objeto lícito y causa lícita.
Elementos de manifestación.
La voluntad
La exteriorización de un querer interno, para provocar un efecto jurídico como la constitución, la extinción o la modificación de una relación jurídica.
Elementos
Interno: lo que una persona quiere o desea.
Externo: lo declarado por esa persona.
Expresa o tácita
Si está en forma directa a conocer la declaración
Si está dirigida en forma no directa conocer la declaración
Requisitos.
Debe cumplir la declaración.
La voluntad debe ser seria
La partes se quieran obligar, y obligarse con forme a lo manifestado.
Recta u honesta.
Sin vicios
Sin violación a los derechos del consumidor
Publicidad engañosa y todos los consagrados en la ley 1480 de 2011.
Efectos
Relación con las partes
Artículos 1602 y 1603 del Código Civil y los artículos 863 y 871 del Código de Comercio.
Respecto de terceros
De postulados de la relatividad de los negocios y contratos.
Artículo 1602 del Código Civil.
A contrario sensu, no obliga a terceros ya que se consideran extraños al negocio o contrato.
Extraños
Absolutos
Totalmente extraños al negocio.
Relativos
No concurren materialmente a la celebración.
estos son
Error
La discrepancia inconsciente entre la declaración de voluntad y objeto que se refiere dicha declaración.
Clases
Error de derecho
Cuando se recurre a el cuando una norma jurídica regula cierto hecho o cuando no hay norma que lo regule.
Según la Corte Suprema de Justicia, el negocio tiene invalidez cuando se carezca de causa u objeto.
Artículos 2315 y 1509 C.C
Error de hecho
Se divide
Error in corpore
Cuando la identidad específica de la cosa
Error in substantiam
Cuando recae sobre una la sustancia o calidad esencial del objeto o sobre una calidad no esencial pero sí determinante.
Error intuitu personae
Cuando se contrata en consideración a la persona.
La clasificacón de la doctrina
Error obstáculo o obstativo
La inexistencia del contrato
Se clasifican
Error in negotio
Error in corpore
Error in causa
Error nulidad o dirimenteb
Error intuitu personae
Error in substantiam
Error indiferente
No produce vicio del consentimiento.
Requisitos para que sea vicio de consetimiento.
Determinante
Comunicado
Excusable
Efectos
El vicio de consentimiento que genera nulidad relativa.
Error común
Creador de derechos cuando es un error invencible en una colectividad creando una buena fe colectiva.
Sea de carácter general, sea invencible y haya ocurrido en buena fe.
La fuerza o violencia
Desplazamiento de la energía de un cuerpo a otro, cuando es ilegítima.
Física o absoluta y moral
Traduce en amenazas y vicia de consentimiento.
No hay consentimiento
Generalizada
Ley 201 de 1959
Efectos
Por ser vicio de consentimiento genera nulidad relativa.
Requisitos para que sea un vicio del consetimiento.
Ilegítima
Producir un temor justo
Determinante
Interna o externa
El dolo
Requisitos para que sea vicio de consentimiento
Sea reprensible
Contrario a la moral
Sea determinante
Artículo 1515 de Código Civil
Sea interno
Artículo 1515 de Código Civil
El dolo este probado.
Sea cometido a sabiendas
Que una de las partes tenga conocimiento y quiera causar un daño intencional.
Una series de maniobras fraudulentas o reticencias provenientes de una parte a fin de engañar a la otra o a terceros y hacerles expresar su voluntad.
Efectos
Por ser vicio de consentimiento genera nulidad relativa.
Información inadecuada e imprecisa y publicidad engañosa.
Prohibida tanto el anunciante como el medio de comunicación.
Ley 1480 de 2011
Lesión enorme
Cuando al celebrar negocios o contratos que sean de carácter aleatorios y una parte puede recibir más perdida de utilidad y como es de mayo daño obtiene beneficios.