ENFERMEDAD LABORAR Y ACCIDENTE DE TRABAJO
DECRETO 1477(2014) - (ARTICULO 4)
PRESTACIONES ECONOMICAS
SECCIÓN 2 PARTE A
A LOS TRABAJADORES QUE PRESENTAN DE UNAS ENFERMEDADES LABORALES.
ENFERMEDADES LABORALES DIRECTAS
-ABESTOSIS - SILICOSIS -NEUMOCONIOSIS DEL MINERO DE CARBÓN -MESOTELLOMA MALLGNO POR EXPOSICION A ASBESTO
SECCIÓN 2 PARTE B
PRESTACIONES ASISTENCIALES POR PARTE DE LAS ADMINISTRADORAS DE RIESGOS LABORALES.
ENFERMEDADES CLASIFICADAS POR GRUPOS O CATEGORIAS
-ENFERMEDADES INFECCIOSAS Y PARASITARIAS -CANCER DE ORIGEN LABORAL -ENFERMEDADES NO MALIGNAS DEL SISTEMA HEMATOPOYETICO -TRANSTORNOS MENTALES DEL SISTEMA NERVIOSO - ENFERMEDADES DEL OJO Y SUS ANEXOS - ENFERMEDADES DEL OIDO Y PROBLEMAS DE FONACION - ENFERMEDADES DEL SISTEMA CARDIOVASCULAR Y CEREBRO - VASCULAR - ENFERMEDADES DEL SISTEMA DIGESTIVO Y EL HIGADO - ENFERMEDADES DE LA PIEL Y TEJIDO SUBCUTANEO - ENFERMEDADES DEL SISTEMA MUSCULO- ESQUELETICO Y TEJIDO CONJUNTIVO - ENFERMEDADES DEL SITEMA GENITOURINARIO -ENFERMEDADES DEL SISTEMA ENDOCRINO.
DECRETO 1072(20015) - ARTICULO 2.2.1.1.5
TERMINACION DEL CONTRATO POR INCAPACIDAD DE ORIGEN COMÚN SUPERIOR A 180 DIAS
NR 15 ART 7 DECRETO 2351 - 1965
EL EMPLEADOR ESTA EN LA OBLIGACIÓN DETERMINAR EL CONTRATO DEL TRABAJADOR SOBRE PASA LOS 180 DÍAS
ARTICULO 16 DECRETO 2351 - 1965
CUANDO LA ENFERMEDAD DE EL EMPLEADOR ESTA EN LA OBLIGACIÓN LEGAL DE LAS PRESTACIONES DERIVADAS A LA ENFERMEDAD
LEY 1562 (12)
PARAGUEFO 3
ORIGEN COMUN
EL PAGO SERA ASUMIDO POR LAS ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD
ORIGEN LABORAL
EL PAGO SERA ASUMIDO POR LAS ADMINISTRADORA DE RIESGOS LABORALES
DECRETO 1295 1994
ARTICULO 2 OBJETIVOS DEL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES
OBJETIVOS
RECONOCER Y PAGAR A LOS AFILIADOS LAS PRESTACIONES ECONOMICAS.
POR INCAPACIDAD
PARCIAL
INVALIDEZ
FORTALECER LAS ACTIVIDADES TENDIENTES A ESTABLECER
ACCIDENTE DE TRABAJO
ENFERMEDADES PROFECIONALES
CONTROL DE AGENTE DE RIESGOS OCUPACIONALES
ARTICULO 12 ORIGEN DEL ACCIDENTE DE LA ENFERMEDAD Y LA MUERTE
TODA ENFERMEDAD, PATOLOGÍA ACCIDENTE O MUERTE
QUE NO SE HALLAN CALIFICADO SON CONSIDERADOS DE ORIGEN COMUN
LA CALIFICACIÓN DEL ORIGEN DEL ACCIDENTE DE TRABAJO O DEL ENFERMEDAD DEL TRABAJO
EL MEDICO O LA COMISIÓN LABORAL DE LA ENTIDAD ADMINISTRADORA DE RIESGOS PROFESIONALES
CUANDO SURGEN DISQUEPRANCIAS
SEN RESUELVE POR UNA JUNTA INTEGRADA POR REPRESENTANTES DE LAS ENTIDADES ADMINISTRATIVAS
ARTICULO 32 DEL MONTO DE LA COTIZACIÓN
PARRAGRAFO
LA VARIACIÓN DEL MONTO DE COTIZACIONES PERMANECERÁ VIGENTE MIENTRAS SE CUMPLAN LAS CONDICIONES QUE LE DIERON ORIGEN