Contrato Individual de Trabajo

Es

Aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal bajo subordinación y remuneración

Se clasifican por

Duración

Contrato de trabajo a termino fijo

Es

Un contrato escrito debe ser no menor a 2 años ni exceder 2 años, aunque puede ser renovable indefinidamente

Contrato de trabajo a termino indefinido

Es

Un contrato un por tiempo determinado hasta que termine la labor relizada

Contrato de trabajo obra o labor

Es

Un contrato que tiene duración mientras se realice una tarea, labor o trabajo. No esta determinado por fecha

Contrato de trabajo móvil o eventual

Es

Esta forma de contrato se utiliza en caso que se necesite cubrir puestos de trabajos por cierto periodos de tiempo ya sea por circunstancias especiales o extraordinaria

Forma

Verbal

El empleador y el trabajador se ponen de acuerdo en la índole del trabajo y el sitio donde debe realizarse la cuantía y forma de la remuneración, la duración del contrato ya sea a prueba, a termino indefinido o a termino fijo

Escrito

Se extiende en tantos ejemplares tanto sean los interesados, destinándose una para cada uno de ellos, esta exento de impuestos de papel sellado y de timbre nacional. Fuera de las clausulas que las partes acuerdan libremente se tiene la identificación y domicilio de las partes, lugar y fecha de su celebración, el lugar donde vaya a prestar el servicio naturaleza del trabajo, cuantía de remuneración, su forma y periodos de pagos, la duración del contrato, su desahucio y terminación

Periodo de prueba, efectos y suspensión del contrato

Periodo de prueba es la etapa inicial del contrato su objetivo es que el empleador pueda apreciar al aptitudes del trabajador

Debe ser estipulado por escrito, y en caso contrario los servicios se entienden regulados por las normas generales del contrato de trabajo

El contrato de trabajo de servicio doméstico se presume como periodo de prueba los primeros quince (15) días

El periodo de prueba no puede exceder a los dos (2) meses

Cuando el periodo de prueba se pacte por un lapso menos al del limite máximo expresado, las partes pueden prorrogarlo antes de vencerse el periodo primitivamente estipulado, sin que el tiempo total de la prueba pueda excederse de dos (2) meses

El periodo de prueba puede darse por terminado unilateralmente en cualquier momento sin previo aviso

Los trabajadores en periodo de prueba gozan de todas las prestaciones, excepto auxilio de cesantía

El contrato de trabajo se suspende

Por fuerza mayor o caso fortuito que impida su ejecución

Por la muerte o inhabilitación del patrono

Suspensión de actividades o clausura temporal de la empresa

Licencia, permiso temporal o o suspensión disciplinaria

Por ser llamado a prestar servicio militar

Obligaciones especiales del patrono

Poner a disposición de los trabajadores instrumentos y materias primas adecuadas

Entregar los elementos de protección individual, infraestructura adecuada, para así garantizar la seguridad y salud de sus empleados

Personal preparado en primeros auxilios para en caso de accidente de trabajo

Pagar la remuneración pactada en las condiciones, periodos y lugares convenidos

Respeto por la dignidad personal, creencias y sentimientos del trabajador

Conceder las licencias necesarias para el ejercicio del sufragio

Cumplir el reglamento y mantener el orden, la moralidad y respeto a las leyes

Derechos de los empleadores

Facultad de dirección

Facultad de control

Derecho a recibir prestaciones del trabajo

Poder disciplinario

Facultad de organización

Beneficiarse con los resultados del trabajo

Poder reglamentario

Derechos de los trabajadores

Derecho a tener un descanso intermedio para el almuerzo

Derecho a la capacitación

Condiciones dignas de trabajo

Retribución justa

Bienestar laboral

Preservación de la salud

No ser discriminado

Ocupación efectiva