LEGISLACIÓN LABORAL Y COMERCIAL

LEGISLACIÓN LABORAL Y COMERCIAL

LEGISLACIÓN PUBLICITARIA EN COLOMBIA

CAPTUILO I

Naturaleza

Ética

Alcance

Mensajes publicitarios emitidos por medios de comunicacón, ventas indirectas, etc

Aplicabilidad

Agencias- medios

Competencias

Basado en el art. 20

Interpretación

Se entenderan en su sentido natural

CAPITULO II

Definiciones y conceptos

Producto

Bienes,servicios,instituciones,conceptos, personas e ideas

Anunciante

Persona natural, jurídica, pública o privada

Agencia publicitaria

Persona natural o jurídica cuyo objetivo es prestar servicios publicitarios

Servicios publicitarios

Investigación de mercados

Formulación, análisis

Recomendación de medios

Creación, diseño, y producción de piezas publicitarias

Anuncio

OBJETIVO

Cualidades tangibles y valores medibles del producto o servicio

Medios de Comunicación

Vehiculo usado para emitir el anuncio, televisión,radio,prensa,revista,internet,cine,vallas,correo,empaques,etiquetas,folletos,elementos punto de venta, etc

LA TELEVISIÓN Y SUS FINES

Formar

Educar

Informar veraz y objetivamente

Recrear de manera sana

CLASIFICACIÓN DE LA TELEVISIÓN

Tecnología

T.v cableado

T.v satelital

Cubrimiento

Internacional

Nacional

Zonal, regional,local

PUBLICIDAD EN LA TELEVISIÓN

Debe ser

r

Claramente en COLOMBIA estas funciones no se cumplen a cabalidad y en su mayoría priman los intereses privados sobre el público.

Imparcial en las informaciones

Aclarar y separar información de opinión

Respeto al pluralismos, político, social y cultutral

Respeto a la honra e intimidad

Protección a la juventud, infancia y familia

Respeto a los valores sobbre la igualdad, Art. 13

Debe prevalecer el bien público sobre el privado

SUBJETIVO

Expresión de opinión o evaluación de un producto o servicio

CAPITULO III

Principios generales
Articulos: 70,80,90

Decencia: Art. 10,11, 12

Honestidad: Art. 13

Uso del idioma español: Art. 14

CONARP

Comisión Nacional de Autoregulación Publicitaria

No se aplica a la publicidad

Política

Los creadores del código no tienen la capacidad legal
para emitir normas jurídicas

Electoral

CAPITULO IV

Honestidad

Identificación y claridad

Protección a la intimidad

Protección a la propiedad intelectual

Protección al medio ambienete

Seguridad de accidentes

CAPITULO V

Publicidad comparativa
No se debe denigrar el nombre de otras empresas o marcas ni dar información falsa o sin argumentos

Publicidad comparativa
No se debe denigrar el nombre de otras empresas o marcas ni dar información falsa o sin argumentos

CAPITULO VI

Categorías especiales de productos

PUBLICIDAD

Prevalecen los drerechos del menor, Art. 39 al 48

MEDICAMENTOS

Debe contener bondades verdaderas, Art. 49

ENTIDATES FINANCIERAS Y EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS

Debe ser veraz, Art. 50

SALUD

Debe someterse a normas legales, Art. 51. 52

PUBLICIDAD DE BEBIDAS ALCOHOLICAS, TABACO Y CIGARRILLOS

Debe informar el daño que emiten estas sustancias, Art. 53 al 56

CAPITULO VII

Responsabilidades y competencias

El anunciante el el primer responsable por su paura publicitaria

ARTICULO 20
Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación. Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho a la rectificación en condiciones de equidad.

ARTICULO 20
Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recib

PERSONA JURÍDICA

Con bienes pertenecientes de una
finalidad lucrativa

Tipos de perjuicios

MATERIALES

MATERIALES

Lucro cesante

Si hace parte de la forma de trabajo

Daño emergente

Lo que se debe reparar

MORAL

MORAL

Forma simbólica, precio al dolor

Solo las personas lo sufren

Responsablidiades del la persona natural y juridica

Penal

Se atenta contra un
derecho fundamental

Administrativa

Abuso del
poder

Prevaricato

Omitir la información

Fiscal

El funcionario público
deteriora el patrimonio del estado

El funcionario debe responder
con su propio patrimonio

Civil

Se soluciona con
dinero

Contractual

No esta dentro del contrato
ó no se conocen las personas

Extracontractual

Por esta se rige la PUBLICIDAD

PERSONA NATURAL

Todo ser capaz de tener derechos y obligaciones

SISTEMA JURÍDICO

Dicta normas

ÉTICA

TÉCNICA

Funcionamiento

JURÍDICA

Si es constirucional

Normas jurídicas

Son expedidas por el estado

Son generales y abstractas

Son de obligatorio cumplimiento

El conjunto de estas normas dividios en códigos se denomina

LEGISLACIÓN

LEGISLACIÓN

Rsponsabilidad

Determina quien responde económicamente
los perjuicios causados

Extracontractual

Se derivan de los hechos
que no estan establecidos
en el contrato

Delito

Existe inteción de
cometer el hecho

Culpa

Se actua sin
intención

Preteritencional

El que actua con dolo de lesionar
a otro y le causa imprudentemente
la muerte

Demanda penal

Se paga con carcel

Demanda civil

Se paga con dinero

GUÍA LEGAL DEL PUBLICISTA

PUBLICIDAD

Debe ser

Veraz

Precisa y eficiente

Propaganda Comercial

Anuncio que promueve el
uso de un bien o servicio

Propaganda (Publicidad)

Difunde ideas

CON IMÁGENES

Incluye envases, etiquetas,
imágenes con movimiento, etc

CON INCENTIVOS

Rifas,sorteos,cupones,afiches,cualquier restribución por la compra de un producto o servicio

Se deben aclarara los terminos
y condiciones

ARTICULOS NOCIVOS

Se debe indicar los carácteres del posible daño (legible)

Debe esclarecer las contraindicaciones

ARTICULOS PERECEDEROS

Se debe indicar la fecha de vencimiento

DERECHOS DE AUTOR Y LA PUBLICIDAD

Si se cumple se paga con carcel

Las ideas no tiene derecho de autor

Todo lo que esta en internet usa derechos de autor

Software tambien maneja derechos de autor

Puede ser

INDIVIVIDUAL

Una sola persona natural

COLABORACIÓN

Dos o más personas, los aportes no se separan

COLECTIVA

Una persona toma el liderazgo

ANÓNIMA

No tiene dueño

SEUDONIMO

Oculta su nombre

INÉDITA

No se ha dado a conocer

POSTOMA

Se conoce despúes de su muerte

ORIGINARIA

Primitivamente creado

DERIVADA

Traducciones

Derecho Moral

Comprende prerrogativas
irrenunciables

Derecho Patrimonial

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