Ley de ingresos de la federación.
ARTÍCULO 26
Los estímulos fiscales y las facilidades administrativas que prevea la iniciativa de Ley de Ingresos
Eficiencia económica, temporalidad definida, progresividad
Para su otorgamiento se tomará en cuenta si los objetivos pueden alcanzarse con la política de gastos.
ARTÍCULO 7
Petróleos Mexicanos, sus organismos subsidiarios o sus empresas productivas subsidiarias deberán presentar las declaraciones, hacer pagos y cumplir con sus obligaciones
Al servicio de Administración Tributaria
ARTÍCULO 3
Autorización a la CDMX la contratación y el ejercicio de créditos para el endeudamientos.
ARTÍCULO 2
Lo se le autoriza al Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público.
Ejercicio del crédito público, Financiamiento del presupuesto de Egresos de la Federación, Emitir valores en moneda nacional y Refinanciar el endeudamiento externo,
Autorizaciones
Instituto para la protección al ahorro bancario.
Contratar créditos para Refinanciar sus obligaciones financieras.
Banco de México actuará como agente financiero
Petróleo Mexicano
Contratación y ejercicio del crédito público
Endeudamiento interno e externo
Comisión Federal de Electricidad
Contratación y ejercicio del crédito público
Endeudamiento interno e externo
ARTÍCULO 1
La federación percibirá ingresos provenientes de los conceptos y en cantidades estimadas en millones.
De: Recaudación de impuestos que cobran a ciudadanos por diferentes conceptos.
Como el ISR, IVA E IEPS
Cuotas y aportaciones de seguridad social
Aportaciones como: Fondo de vivienda, seguridad social, ahorro para el retiro.
Contribuciones de mejores
Obras públicas
Derechos por el uso de goce aprovechamiento o explotación de bines de dominio público.
SHCP, SEMARNAT, STPS, SEPS
Productos comprendidos y no comprendidos en la Ley de Ingresos Vigente
Uso y aprovechamiento de bines no sujetos al público.
Aprovechamientos patrimoniales
Multas, indemnizaciones, cuotas, aportaciones, inversiones y fondos.
Ingresos por venta de bienes, prestación de servicios y otros servicios.
Petróleo, CFE, IMSS, ISSTE.
Ana Galilea Flores Martínez/ Derecho Fiscal/05-09-21 Referencia: DOF - Diario Oficial de la FederaciÃ3n. (2020, 25 noviembre). Diario Oficial de la Federación. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5605747&fecha=25/11/2020
Reflexión: Consiste en recaudar directamente los impuestos, derechos, productos y aprovechamientos; así como captar recursos complementarios, mediante la contratación de créditos y empréstitos en el interior del país y en el extranjero. Es el conjunto de bienes, propiedades y derechos del Gobierno Federal, siendo la Secretaría de la Contraloría del Gobierno del Estado de México la encargada de llevar a cabo el control y evaluación sobre las acciones que realizan las dependencias y organismos auxiliares de la Administración Pública Estatal.