MARCO NORMATIVO GENERAL DEL TRANSPORTE EN COLOMBIA
Constitución Política de Colombia 1991
ES LA ENCARGADA DE INCLUIR EL DERECHO A LA LIBRE MOVILIDAD DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL, CON SUS DIFERENTES ARTICULOS, ADEMAS DE SU CORRECTOR PROCEDER O SU SANCION DEPENDIENDO DEL CASO. De conformidad con los artículos aplicables.
Ley 105 de 1993 Principios y Disposiciones Generales del Sector Transporte
Por la cual se dictan disposiciones básicas sobre el transporte, se redistribuyen competencias y recursos entre la Nación y las Entidades Territoriales, se reglamenta la planeación en el sector transporte y se dictan otras disposiciones las cuales permiten determinar el funcionamiento del transporte y sus condiciones, como puede ser el determinar si es persona natural o jurídica, tipo de servicio y espacios aereos entre otros.
Ley 336 de 1996 Estatuto Nacional de Transporte
tiene por objeto unificar los principios y los criterios que servirán de fundamento para la regulación y reglamentación del transporte público aéreo, marítimo, fluvial, férreo, masivo y terrestre, La seguridad especialmente la relacionada con la protección de los usuarios, esto se ara basado en los artículos aquí designados dentro de cada uno de los capitulos, con las autoridades competentes y pertinentes bajo la vigilancia de la industria de transporte dentro de los términos previstos
Ley 769 de 2002 Código Nacional de Tránsito, modificado por las Leyes 1005 de 2006, 1383 y 1397 de 2010
Los principios rectores de este código son: seguridad de los usuarios, la movilidad, la calidad, la oportunidad, el cubrimiento, la libertad de acceso, la plena identificación, libre circulación, educación y descentralización, se destaca que cada entidad debe cumplir con rectitud sus procesos, sin depurar u omitir detalles, tampoco el uso indebido o desmedido de su poder.
Ley 1450 de 2011 Modifica Artículo 46 de la Ley 336 de 1996 y fija Amnistía para pago de multas de tránsito
A partir de la promulgación de la presente ley y por un término de dieciocho (18) meses, todos los conductores que tengan pendiente el pago de multas por infracciones de tránsito, impuestas antes del quince (15) de marzo de 2010, podrán acogerse al descuento del cincuenta por ciento (50%) del total de su deuda, previa realización del curso sobre normas de tránsito de que trata el artículo 24 de la Ley 1383 de 2010, y para ello podrán celebrar convenios o acuerdos de pago hasta por el total de la obligación y por el término que establezca el organismo de tránsito de acuerdo a la ley, siempre que el convenio o acuerdo se suscriba antes del vencimiento del plazo previsto en este artículo. El convenio o acuerdo no podrá incorporar obligaciones sobre las cuales hayan operado la prescripción, y en el mismo el conductor y el organismo de tránsito dejarán constancia de las deudas sobre las cuales operó este fenómeno".
Ley 1503 de 2011 Hábitos, comportamientos y conductas seguros en la vía (Seguridad Vial)
Por la cual se promueve la formación de hábitos, comportamientos y conductas seguros en la vía y se dictan otras disposiciones dispuestas en esta ley para su pleno y obligatorio cumplimiento.